Interés General - 22 DE AGOSTO

Lunes 13 de Agosto de 2018 - 09:23 hs

Aborto: qué cambios presentará la reforma del Código Penal

Mariano Borinsky, presidente de la Comisión para la reforma del Código Penal, explicó que las modificaciones incluyen no sólo la despenalización, sino también cuestiones ligadas a "ampliar la autonomía de la mujer y sus derechos".

En marzo de 2017 se constituyó la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación (Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N°103/17), con el objetivo principal de elaborar un anteproyecto de ley de reforma y actualización integral del Código Penal de la Nación que concentre toda la legislación penal en un único cuerpo normativo.

Uno de los puntos principales a modificar tiene que ver con la despenalización del aborto. Uno de los integrantes de la Comisión del Nuevo Código Penal, el juez Mariano Borinsky, contó a través de LT10 los cambios y nuevas consideraciones sobre este tema incluidos en la reforma que será presentada el 22 de agosto y que no era modificada desde 1921.

Según Borinsky, "en el capítulo que tiene que ver con los delitos contra la vida y la integridad física, lo que se pretende es ampliar la autonomía de la mujer y sus derechos". Lo que se busca es mejorar el texto en cuanto a que incorpora el concepto de salud mental conforme al estandar de la OMS como causal de aborto no punible, incorpora la violencia obstétrica en el marco de estas prácticas y agrega la figura de interrupción involuntaria del embarazo.

"Los casos de abuso sexual no van a ser punibles y tampoco va a ser necesaria la tramitación de un expediente judicial", informó el juez, a la vez que aclaró que al supuesto de peligro físico para la vida de la mujer, se agrega el peligro para la salud mental "siempre en la medida de que la cuestión del peligro no pueda ser subsanada por otros medios".

Además, estas modificaciones generan la posibilidad de eximir de pena a la mujer. La escala de pena se va a acortar de 4 a 3 años, por lo que el juez tendrá la posibilidad de dejar en suspenso o eximir de pena. Tal como explicó Borinsky, en el caso de suspenso, "se aplican las penas alternativas para delitos inferiores a los 3 años: una sanción alternativa o tarea comunitaria".

Para el magistrado, estos cambios constituyen un avance en materia legislativa: "Se agregan cuestiones que tienen que ver con el Siglo XXI, tengamos en cuenta que el Código Penal actual está legislando en base a lo que sucedía en 1920 en Argentina".

 

Audio: Escuchá la entrevista completa con Mariano Borinsky

Fuente: LT10