Los ciudados en salud llegaron al Concejo municipal con la aprobación de una ordenanza que dispone que los establecimientos comerciales dedicados a la gastronomía deberán tener a disposición de los consumidores que lo requieran, sal dietética con bajo contenido en sodio.
“Se entiende por sal dietética con bajo contenido en sodio, a las mezclas salinas que su sabor sin aditivos aromatizantes sean semejantes a la sal de mesa (cloruro de sodio), y que no contienen una cantidad superior a ciento veinte miligramos de sodio por cien gramos de producto”, remarca el proyecto del concejal Carlos Pereira.
“Los envases de sal que serán puestos a disposición de los consumidores deben ser divisibles. Cada una de las unidades consideradas por separado debe tener la capacidad de contener no más de medio gramo de sal”, agrega.
“A nivel mundial se verifica un incremento de muertes causada por enfermedades cardiovasculares y sus factores de riesgo, en particular, la hipertensión” explicó Pereira.
“ Una de las causas de la presión arterial elevada es la alimentación no saludable, entre lo que se incluyen los alimentos con alto contenido de sodio o sal. Estudios indican que el 45,2% de la población le agrega sal a las comidas luego de su cocción, y que los argentinos consumen diariamente entre 10 y 12 gramos, lo que representa más del doble de lo aconsejado por la Organización Mundial de la Salud”, dijo el edil.
De ahora en más será obligación de los establecimientos gastronómicos incorporar en las cartas de los menús la leyenda “El consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud”, la cual debe estar en un lugar suficientemente visible y en letra clara”.