Inundación 2003: confirman que la causa no prescribe
En la causa están procesados el ex intendente Marcelo Àlvarez, Ricardo Fratti y Edgardo Berli. Los camaristas instaron a que cuanto antes se dicte sentencia.
La Cámara de Apelaciones de la provincia, tribunal pluripersonal integrado por los Dres. Roberto Prieu Mántaras, Roberto Reyes y Jaquelina Balangione, consideró extemporáneo el planteo de prescripción de la acción penal y pedido de sobreseimiento interpuesto por la defensa de Marcelo I. Álvarez.
Además, instó a que se agiliten los pasos para que en el menor tiempo posible se dicte sentencia.
En la causa se encuentran procesados el ex intendente Marcelo Álvarez, el ex ministro de Obras y Servicios Públicos de la provincia, Edgardo Berli y el ex director provincial de Hidráulica, Ricardo Fratti, por la presunta responsabilidad en el delito de “estragos reiterados, culposo y agravado por el resultado de la muerte de 18 personas” como consecuencia del ingreso del agua del río Salado vulnerando el anillo de defensas de la ciudad.
A su vez, declaró nula la resolución del juez de baja instancia desestimatoria de la prescripción aducida, los actos procesales anteriores referidos en el resuelvo 1, y todos los actos procesales posteriores -a la presentación recursiva- que por conexidad con el acto anulado se encuentran directamente vinculados a la misma, con las salvedades que allí se mencionan.
Los jueces destacaron que “renovar los actos anulados supondría un retardo totalmente innecesario en el camino hacia la resolución definitiva del proceso, que como consecuencia de esta incidencia vio demorada su tramitación por una articulación extemporánea”(cfr. cons.12).
En la misma resolución los jueces intervinientes dispusieron separar al juez de baja instancia, ordenando que el subrogante legal prosiga con el trámite de la causa conforme los considerandos que motivan la resolución de la Alzada.