IAPOS deberá cubrir fertilización a una mujer sin conviviente
La obra social se negaba a cubrir el tratamiento porque su normativa interna no se lo permitía. El amparo estuvo argumentado con el nuevo Código Civil, los tratados internacionales, la ley de discriminación y la ley de fertilización asistida.
En diálogo con LT10, la abogada Karina Macedo, expresó que “este caso lo planteamos en al Justicia rosarina hace menos de un mes. El IAPOS le negó el tratamiento de fertilización asistida porque no tenía pareja conviviente. Esto se basaba en una reglamentación de IAPOS. Por lo tanto, nosotros interpusimos un amparo en base al nuevo Código Civil, a los tratados internacionales, a la ley de discriminación y a la ley de fertilización asistida”.
Además, la abogada Karina Macedo agregó que “el IAPOS aún tiene tiempo para apelar la medida. De todas maneras, el amparo es de cumplimiento obligatorio. El IAPOS debería aggiornar su reglamentación a la ley nacional”.