Condenaron a un médico por la embarazada infectada con VIH

El Tribunal inhabilitó a Ricardo Alcain por cuatro años para ejercer cargos públicos, y lo obligó a realizar tareas ad honorem. Era el responsable del Servicio de Hemoterapia del hospital San Roque.

“Resolvemos declarar autor material y responsable del delito de omisión de deberes de funcionario público y abandono de persona a Ricardo Alcain”, manifestó el presidente de la Sala Primera de la Cámara del Crimen de Paraná, Miguel Ángel Giorgio. Los jueces encontraron responsable al jefe del Servicio de Hemoterapia del Hospital San Roque en la causa que investigó los hechos que rodearon la infección con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) a una embarazada en 2006. El médico deberá fijar residencia estable por tres años, tendrá prohibido ejercer cargos públicos por cuatro años y estará obligado por un año a prestar servicios ad honorem. Por otro lado, ratificaron la absolución pedida por la Fiscalía y la querella a la bioquímica Gabriela Coronel Campana. Si bien los magistrados no se explayaron sobre las solicitudes de las partes para que se investigue a Carlos Zanaschi y a Daniel Langhi, se hizo lugar al pedido de investigación: “Se dispone la remisión de este expediente a su Juzgado de origen en el caso que la presente sentencia adquiera firmeza a los fines interesados por la fiscal de Cámara y los representantes de la parte querellante. Además, se hace lugar a lo peticionado por los señores defensores y en consecuencia se ordena la extracción de testimonios de las piezas interesadas por aquellos para su posterior remisión al fiscal de turno”.


“Consideramos importante, dar una mínima explicación de por qué el tribunal arribó a esta decisión en forma unánime”, comenzó Giorgio al tiempo que aclaró: “También sostenemos que debe hacerse lugar al pedido de absolución por parte de la Fiscalía y la querella para Gabriela Coronel Campana por ser absolutamente razonable”.

El tenso ambiente que rodea a los fallos esta vez hizo casi previsible el desenlace. Con una sala colmada de espectadores, los camaristas sentenciaron: “Llegamos a la conclusión de que no advertimos la más mínima voluntad de avisar a los principales interesados en esta causa, y me refiero explícitamente al donante y a la mujer infectada con la sangre contaminada. Al doctor Alcain se le imputa un delito omisivo. Saben que la omisión pura no existe y se omite cuando no se da cumplimiento a un mandato legal en la forma en que la norma establece. En ese sentido, la obligación que surgía de ese mandato era dar aviso tanto al donante como a la paciente transfundida. Estimamos que eso no se hizo y hubo una clara voluntad de no hacerlo”.

Las palabras endurecieron los rostros de varios espectadores que aguardaban una actitud más benevolente. “Tal como advirtió la señora defensora -continuó Giorgio-, hubo un amague, un intento vano, tardío, defectuoso cuando se intentó concurrir al Servicio de Infectología del Hospital San Martín. Entendemos que eso enmascaró una intención de no dar aviso, porque había antecedentes de otros casos en los que se acudió a la Policía. Se advirtió ya casi en forma patética esa falta de voluntad, e incluso de que manera Zacarías se intentó comunicar hasta de un teléfono público porque desde su área no tenía salida al exterior, pasaron los días y recién a través de la doctora Bevacqua que prestó su celular se pudieron comunicar con el hermano del donante, cuando todo esto se pudo agilizar de forma directa porque él (Alcain) tenía el deber de cumplir con ese mandato por estar a cargo del Servicio”, arguyó.

Asimismo, Giorgio indicó que “más allá de los argumentos brindados acerca de la inexistencia del Servicio de Hemoterapia, lo cierto es que en los hechos funcionaba y usted era el encargado”, se dirigió explícitamente a Alcain.

“Esta falta de aviso, puso en riesgo, puso en peligro a las víctimas por las posibilidades de transmisión de este virus, y en el caso de la mujer se tornó más gravoso por la práctica de amamantamiento de la bebé recién nacida. No se dio aviso y tampoco se permitió que otras personas lo hagan”, detalló.

También hizo referencia a la prueba defensiva de la existencia de un protocolo. “Entendemos que cualquier protocolo, sea real o imaginario no puede estar por encima de los derechos constitucionales de conservación de la salud, por lo tanto no aceptamos eso de que se debería primero buscar al donante para luego comunicárselo a la persona transfundida, y como inquirió la fiscal de Cámara: ¿qué pasaba si no encontraban al donante?”, evaluó Giorgio.

“En definitiva, entendemos que la conducta de Alcain resulta merecedora de reproche penal por la omisión de sus deberes y el abandono de persona”, concluyó. El debate culminó con la emoción de familiares y allegados, que se abarrotaron en la puerta de la sala.

Alegatos y pedidos de investigación

Durante la etapa de alegatos se pidió la investigación del bioquímico y ex titular del Programa de Sangre Segura, Carlos Zanaschi. Tampoco se dejó afuera de ese requerimiento al ex coordinador de técnicos, Daniel Langhi.

En primer término lo requirió la Fiscalía y la querella. Ambas partes recalcaron la necesidad de investigar a Langhi por cumplir funciones que excedían su cargo, y porque durante las testimoniales, quien fuera la secretaria del Servicio deslizó haber visto al técnico transportar bolsas de sangre en su maletín a otros centros.

En tanto, cuando fue el turno de las defensas, solicitaron la investigación del bioquímico y ex titular del Programa de Sangre Segura, Carlos Zanaschi por falso testimonio. “Tanto la jueza de instrucción como la Fiscalía han tenido un trato indulgente con el testigo Zanaschi durante este proceso”, arremetió Noemí Berros. En el mismo sentido, Raúl Barrandeguy adhirió al pedido de su par. “Los verdaderos responsables de esto no fueron molestados”, fustigó.

El tribunal hizo lugar a esas solicitudes y el pesado expediente que se instruyó por más de cinco años, ahora volverá al Juzgado de origen.

El caso

En octubre de 2006 una embarazada fue transfundida en el San Roque con sangre infectada con VIH. La mujer dio a luz a una niña a fines del mismo mes y retomó su vida normalmente. En abril de 2007 se enteró de casualidad que estaba enferma pero no sabía de qué porque ninguno de los médicos le comunicó la situación.

La mujer terminó por saber que estaba infectada con VIH en el Juzgado de Instrucción Nº 8 de Paraná, donde Zanaschi había presentado una denuncia por falsificación de documento público.

El tribunal a cargo del juicio está compuesto por Miguel Ángel Giorgio, Hugo Perotti y José María Chémez.