Piden perpetua para cuatro acusados de un crimen en Bº Centenario
Lo solicitó la fiscalía para los cuatro acusados de ser coautores del crimen de Ernesto Fabián Barco, ocurrido el 25 de octubre de 2015.
La fiscalía solicitó prisión perpetua para Juan Pablo “Cabe” Rodriguez (30), Luis “Cusi” Lugo (20), Juan Alberto “Bebi” Benitez (26) y Roberto Andrés "Rober" Osuna (29) acusados como coautores del crimen de Ernesto Fabián Barco, ocurrido el 25 de octubre de 2015. En tanto, las defensas técnica y pública pidieron la absolución de los mismos.
El próximo miércoles, el Tribunal pluripersonal - integrado por los jueces Sergio Carraro (presidente); Alejandro Tizón; y Néstor Troncoso - dará a conocer la resolución final de este caso.
Los fiscales de Homicidios Jorge Nessier y Cristina Ferraro solicitaron la pena máxima a los cuatro imputados por el “homicidio doblemente calificado por el uso de arma de fuego y por la participación de dos o más personas" en perjuicio de Ernesto Fabián "Suri" Barco. En los alegatos de clausura hicieron incapié en dos puntos: la individualización de la banda que cometió el hecho y un testimonio clave del ataque. Se trata de una vecina que declaró con identidad reservada y apuntó a los detenidos reconociéndolos como integrantes de una banda conocida como "Los Cronos" o "Cronaje".
"La acreditación de los hechos se vio corroborada durante el debate con testigos del hecho y quienes hicieron las pericias", apuntaron los representantes del Ministerio Publico de la Acusación. Así, repasaron el accionar policial los comisionados al lugar tras un llamado al 911 como así también de los quienes realizaron otras medidas probatorias ante el homicidio: secuestro de ropa, planimetría, huellas y rastros, relevamiento balístico y de otras pericias. "No se secuestraron ni vainas ni ojivas lo cual es posible la intervención de terceros para retirar ese material", agregó la fiscal Ferraro.
Nessier recordó las palabras de la testigo clave ofrecida para la acusación y dijo que "su testimonio fue primigenio, original e incontaminado" pues apuntó desde el primer momento a las mismas personas. "Ella dijo que los conocía por los problemas que tenían en el barrio porque sacaban a la gente de las casas, les pegaban, etc.". Acto seguido, el letrado hizo referencia a que la mujer -madre de tres hijos- debió mudarse de Barrio Centenario ante las amenazas de los familiares de los imputados y que incluso esos ataques después se replicaron contra su padre y hermano quienes residen en el lugar.
Asimismo, los fiscales calificaron a los testimonios de las defensas técnicas como "estrategias" para desacreditar a la testigo clave. El hermanastro de la mujer de “Cabe” Rodríguez dijo por ejemplo que Barco formaba parte de la conocida como "Banda del Campito" quienes esa noche se organizaron para atacar al cronaje e supuestamente hirieron sin querer a su propio compañero. Vecinos y allegados a los imputados declararon haberlos visto en sus casas pero difirieron en circunstancias y detalles de lo sucedido. Y las madres de Osuna y Benitez dieron sus versiones del hecho directamente en juicio sin colabor en las etapas previas supuestamente desconociendo esa posibilidad.
"Los testimonios no se cuentan; se pesan", dijo Nessier y apuntó a la calificación legal del hecho y pedido de prisión perpetua para los cuatro imputados con tres fundamentos: las conductas idénticas y simultáneas en el hecho; la coautoría en la ejecución en común de Barco y la individualización de los cuatro en el ataque. "Todos participaron de la misma empresa y pertenecen al mismo colectivo por lo cual merecen la misma sanción ante el mismo desprecio por la víctima y terceros". Cabe destacar que en el caso de Rodríguez y Osuna también solicitaron la declaración de reincidencia por causas anteriores.
Al cierre, la fiscal Ferrero puso énfasis en dos reflexiones. "Debemos transparentar una cuestión de la que se habla pero poco se llega a comprobar y que tiene que ver con la existencia de bandas o grupos antagónicos en barrios de la ciudad (...) en este juicio por primera vez se pusieron nombres y se pudieron relacionar con los hechos. En ese sentido, debemos valorar, destacar y contener la participación y compromiso de una testigo clave. Una mujer que brindó su testimonio desde el primer momento de ocurrido el hecho teniendo que tomar medidas de protección para ella al ser una testigo vulnerable".
Las defensas insisten en la absolución
En primer término, el Dr. Hector Tallarico, defensor de “Cabe” Rodriguez y “Cusi” Lugo se mostró radicalmente opuesto a los alegatos de la fiscalía y aseguró que "se habla de calidad y no de cantidad pero no rebatieron ninguno de los testimonios que apuntaron a que ninguno de ellos portaba armas ni estuvo en el lugar de los hechos". A propósito, el abogado de parte insistió en el relato del joven familiar de uno de sus defendidos quien sostuvo que Barco fue herido por un propio integrante de su banda y dijo: "este chico también tuvo que irse del barrio por amenazas del grupo al que pertenecía el fallecido".
Al respecto, Tallarico apuntó a la testigo clave y dijo su relato presenta una serie de inconsistencias como haber identificado a los autores del homicidio pero "no conocer sus nombres"; decir que todos tiraron pero "sin huellas y rastros del ataque" y hasta ponerse en duda su presencia al momento de sucederse los hechos. "Hay muchas dudas acerca de lo que dice, incluso el supuesto chaleco que llevaba uno de ellos y no fue secuestrado en los allanamientos", agregó al solicitar la absolución de sus defendidos Lugo y Rodríguez por no haber cometido el hecho y, en su defecto, ante el beneficio de la duda.
Por su parte, la defensa pública integrada por los Dres. Matías Spadaro y Betina Dongo coincidieron el pedido de absolución para sus representados “Bebi” Benitez y "Rober" Osuna. En su caso, apuntaron a que "no se comprobó el grado de certeza de los hechos por la unilateralidad de la línea investigativa de la fiscalía". Sumaron como fundamentos de sus dichos una descripción de las pruebas poniendo dudas en los croquis elaborados por la policía (según ellos no corresponden al lugar); el modo de agresión descripto por la testigo clave (sin otras personas que la ratifiquen o rectifiquen) y la carencia de material secuestrado como vainas, etc.
"Hay algunos elementos como ojotas o gorras con pelos que no fueron expuestos a pericias genéticas que sería fundamental para reconstruir el hecho; ni se hizo un examen de la piel de Barco para reflejar con mayor exactitud la distancia del disparo. También se impide la valoración del secuestro de la ropa de la víctima puesto que el acta carecía de la firma de testigos civiles y de precintos para su cadena de custodia", apuntó la Dra Dongo. En ese sentido, Spadaro se preguntó: ¿La testigo vio cuando ellos disparaban? ¿Dónde estaba Barco?. ¿Hay dolo homicida? ¿Quiénes le apuntan los nombres de los cronos?.
"A ninguno de los detenidos se le secuestró objetos que los vinculen a los hechos, ni ropa ni armas por lo cual solicitamos la absolución. La sociedad exige un esclarecimiento de los hechos pero con certeza plena que es la única base de la verdad. No podemos valernos de criterios pasionales sino de criterios jurídicos. La verdad procesal es una sola", finalizó Spadaro. Acto seguido, el tribunal dio por concluida la audiencia y los imputados se retiraron de la sala con sus chalecos antibalas y custodiados por fuerzas especiales de la policía. El próximo miércoles se conocerá la resolución de este juicio oral y público.