Cómo será la ley que convierte a los santafesinos en jurado

La iniciativa obtuvo este jueves media sanción en Diputados. ¿Cómo impactará en la vida cotidiana?

La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción en la sesión de este jueves al proyecto de ley de juicios por jurado. La iniciativa transforma a cualquier ciudadano en miembro de un jurado que definirá si un acusado es culpable o inocente.

Aspiramos a que Santa Fe sea un ejemplo para el resto del país”, dijo el diputado Rubén Galassi (FPCS), uno de los impulsores de la iniciativa, en diálogo con el programa El Cuarto Poder.

Galassi recordó que los antecedentes en Argentina provienen de Córdoba (2005) donde hay jurados mixtos; experiencia que luego se trasladó a las provincias de Buenos Aires, Río Negro y Neuquén. El juicio por jurado está contemplado en la Constitución Nacional de 1853, en espejo con lo que sucedía en Estados Unidos.

Características

Entre las características del proyecto, el legislador mencionó que se aplicará en delitos muy gravosos, con penas que van entre prisión o reclusión perpetua y penas superiores a 20 años de prisión.

Esto implica que se utilizará en casos de homicidios dolosos, lesiones gravísimas causadas con armas, abusos sexuales como violaciones, estragos dolosos donde los responsables sean funcionarios públicos, torturas y apremios ilegales causados por funcionareis públicos.

Teniendo en cuenta este universo de delitos, Galassi estimó que será “una cantidad importante” de juicios por jurado pero que, al mismo tiempo, no generará una dificultad operativa en el Poder Judicial.

Conformación del jurado

Según Galassi, la ley prevé que los jurados estén integrados por 12 personas, respetando la paridad de género. Las mismas serán elegidas mediante un registro elaborado por el Ministerio de Justicia, puesto a disposición del Poder Judicial.

Dichos registros tendrán una duración de 14 meses, con la posibilidad de ser extendidos 12 meses más.

Además, se trata de una carga pública para el ciudadano. Contempla una remuneración y no se le interrumpe ningún derecho laboral a la persona designada.

Los integrantes del jurado deberán ser personas mayores de edad, esto es entre 18 y 75 años.

Incompatibilidad

La legislación prevé ciertos casos de incompatibilidad: no podrán ser miembros del jurado funcionarios de los Poderes Ejecutivo (ya sea comunal, municipal o provincial), Legislativo o Judicial. Tampoco lo podrán conformar personas que tengan alguna vinculación con personas condenadas, entre otros ejemplos.

A diferencia de Córdoba, el jurado en Santa Fe será íntegramente ciudadano, mientras que todos los actores del proceso penal (fiscales, defensores, jueces) siguen con las mismas funciones.

Veredicto

El jurado deberá establecer el veredicto, es decir, si el acusado es culpable o inocente. Dicha decisión será de carácter inapelable, ya que no se podrá modificar. Posteriormente, el juez del caso deberá fijar la pena correspondiente.

Es un avance muy importante sumado al nuevo Código Procesal Penal”, se entusiasmó el diputado socialista.

 

 

Audio: Rubén Galassi

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