¿Qué alcance tiene la Ley del arrepentido?

El periodista de La Nación, Fernando Laborda, explicó con detalles cómo se aplica esta norma que tiene menos de dos años de vigencia en nuestro país.

En las últimas horas, cuatro personas, entre ellos Ángelo Calcaterra -primo del presidente Macri-, se acercaron hasta los tribunales de Comodoro Py para ser acogidos bajo la figura del "arrepentido" y declarar ante el juez Claudio Bonadio en la causa en la que se investiga el pago de coimas vinculadas con la obra pública. 

Esta “ley del arrepentido”, es relativamente nueva ya que pasaron menos de dos años de su aprobación y puesta en funcionamiento en octubre de 2016, y contempla la reducción de penas para quienes aporten “información o datos precisos, comprobables y verosímiles”.

En diálogo con El Cuarto Poder, el periodista de La Nación, Fernando Laborda, explicó los alcances de esta ley. Esta norma, sirve para "evitar la permanencia o la consumación de un delito, esclarecer el objeto de la investigación, o revelar la identidad o paradero del delincuente, y ayudar al decomiso de bienes y dinero provenientes del delito", indicó.

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En estos casos, la legislación argentina contempla reducciones de penas, es decir, "bajar un delito a la escala de tentativa", y dio el ejemplo concreto sobre este caso: La asociación ilícita tiene una pena que va de los 3 a los 10 años de prisión, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos en el futuro. Si se redujese esa pena al delito de tentativa, la pena bajaría de 1 a 5 años", pudiendo quedar inmediatamente en libertad si el juez así lo decidiera, "en el marco de una negociación con el arrepentido".

Además, el periodista comentó las diferencias de aplicación de esta ley en nuestro país, con casos como Estados Unidos o Brasil: "En estos países los fiscales tienen facultades mucho más amplias para negociar como los arrepentidos, ya que puede haber acuerdos con topes de penas, excluir cargos de la imputación, y en algunos casos hasta disponer la eximición total de prisión por los delitos", posibilidad que en Argentina no existe.

"Están reconociendo algo que por una vía o por la otra, e ilegal", sostuvo Laborda que a su vez explicó que en la causa de las coimas en obra pública "hay un riesgo para el supuesto arrepentido": "que se compruebe que no fue un pago de campaña ssino que efectivamente fue un soborno. En ese caso, los beneficios que le caben al arrepentido se caerían y sufriría una pena mayor por haber mentido".

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Audio: Fernando Laborda, periodista de La Nación

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