La ANMAT prohibió la comercialización de una oblea de chocolate

La decisión es por no poder identificar de manera clara la forma en la que son producidas.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió prohibir el uso, distribución y consumo de un producto a través del Boletín Oficial de unas obleas de la marca Leti.

Mediante la disposición 1290/2018 quedó denegada la comercialización este producto “por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como son producidos”.

“El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y estar falsamente rotulado resultando ser en consecuencia ilegal”, argumentaron desde ANMAT.