Corte: se demora un fallo que beneficiaría a jubilados
Se trata del caso Blanco, que beneficiaría a 150 mil jubilados. + - A a
Muchos de los jubilados que tienen en trámite un juicio por reajuste de haberes se verán afectados por la sentencia de un caso cuyo expediente circula en estos días por los despachos de los jueces de la Corte Suprema . La causa se refiere al debate sobre qué índice usar para el recálculo de los ingresos previsionales, una vez que se define que el jubilado o pensionado debería cobrar más de lo que efectivamente percibe.
El origen del conflicto tuvo lugar hace más de un año, cuando la Anses comenzó a presentar recursos para reclamar que los jueces ya no ordenen recalcular los haberes utilizando como insumo el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic) y, en cambio, dispongan usar la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). En la inmensa mayoría de los casos en juicio, eso implicaría que los haberes se estimen a la baja respecto de lo que puede obtener hoy por sentencia judicial.
La utilización de un índice de actualización es necesaria para que, al momento de calcularse el haber de alguien que se jubila, se estime el valor presente de los salarios de los últimos 120 meses, cuyo promedio es parte de la fórmula. A partir de las remuneraciones de 2009, esa cuenta se hace con el índice de la movilidad legal. La discusión está referida a los salarios previos y, en 2009, la Corte dio su palabra en la causa Elliff, en la que cuestionó la manera en que el gobierno de entonces venía calculando los haberes de inicio (por no actualizar las cifras de la fórmula, pese a la alta inflación). A partir de allí, en las sentencias referidas a esta causa se usó el Isbic como índice para reestimar los ingresos.
El Ripte, por su parte, es el índice que la ley 27.260 dispuso, a propuesta del Poder Ejecutivo, para calcular los haberes ofrecidos a los jubilados en el plan de reparación histórica, de adhesión voluntaria. En la mayoría de los casos en litigio, del uso de este parámetro resulta un ingreso inferior en comparación con el cálculo hecho con el Isbic, aunque la Anses, en sus presentaciones, rechaza el uso de este último indicador con argumentos técnicos (y, a la vez, desde la contraparte se fundamentan varias cuestiones en contra del Ripte).
En comunicación con El Cuarto Poder, la Directora del Instituto de Seguridad Social del Colegio de Abogados de Santa Fe, Lidia Quintana, remarcó que la decisión de difundir la petición de que no se reaplique la resolución 56/2018 (que dispuso que las remuneraciones anteriores a agosto de 2016 deben actualizarse mediante el índice Ripte) se basa en que sería una "concepción negativa, lesiva de los derechos constitucionales, pero también de lo que se establece en el Código Civil acerca de que ninguna ley puede aplicarse retroactivamente y en perjuicio".
"Estamos en el máximo estadio judicial que podemos llegar dentro del país. Si esto sale negativo, habría que recurrir a organismos internacionales", sostuvo Quintana.
El caso Blanco llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde contaría con los votos favorables de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.
Los magistrados le habrían solicitado al presidente del Tribunal Carlos Rosenkrantz que se resuelva el caso, pero el expediente continúa en su vocalía. Si la Corte confirma el fallo de la Cámara esto impactaría en más de 150 mil juicios que no tienen sentencia firme por los planteos de la ANSES que provocan un efecto dilatorio en la resolución de los casos.
Audio: Escuchá la nota completa con Lidia Quintana
Su navegador no soporta audio HTML