Garófalo: rechazó a la apelación.

El Honorable Tribunal de Apelaciones de la ACTC no hizo a lugar la presentación del motorista y ratificó la penalidad impuesta por la CAF de la ACTC, debiendo abonar la multa e impedirle preparar motores y concurrir a las competencias que fiscaliza la institución.

 

En el día de la fecha, 13 de marzo de 2020, y luego de celebrar su sesión plenaria el Honorable Tribunal de Apelaciones de la ACTC, por decisión de sus miembros resolvió:

1) Confirmar la sanción impuesta al Sr. Claudio Garófalo, en su carácter de Licenciado Motorista que le fuera impuesta por la CAF-ACTC, por haber violado el Art. 40, inc. 6, y concordantes del Reglamento de la Categoría Turismo Carretera Pista, con el carácter de reincidente, como agravante de la misma, consistente en:

a) Prohibición de entregar motores para las categorías fiscalizadas por la ACTC,

b) Prohibición de ingresar a todo evento que realice, y/o fiscalice la ACTC por el término de 3 (TRES) años, contando desde su notificación y,

c) Abonar a la ACTC, la suma de $ 1.500.000. (un millón quinientos mil pesos) en las condiciones modalidades y constancias que la ACTC le comunicara administrativamente por el Departamento Deportivo de esta entidad.

2) Notifíquese, publíquese y archívese.

Firmado Honorable Tribunal de Apelaciones de la ACTC