Inmobiliarias aclaran que los aumentos se pagarán después de octubre
Si el inquilino tenía previsto un incremento para este período en el contrato, puede postergarlo. Después del 30 de septiembre podrá financiarlo en tres o seis cuotas, con los intereses que establece el Banco Nación para los plazos fijos.
La Cámara de Inmobiliaria aclaró que el decreto de congelamientos del Ejecutivo Nacional significa que si el locatario tenía previsto un incremento en estos meses y decide postergarlo, deberá abonarlo después del 30 de septiembre.
Esta diferencia podrá ser abonada en tres o seis cuotas.
Walter Govone, presidente de la Cámara de Empresas y Corredores Inmobiliarios, remarcó que “el decreto no elimina los aumentos, los posterga con un interés compensatorio, a una tasa de plazo fijo del Banco Nación (por estos días es del 28%).
Además, las inmobiliarias extendieron hasta el 13 de abril el vencimiento del pago de los alquileres de marzo.
Audio: Walter Govone
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