Prohibición de despidos: el alcance de la medida en Santa Fe
El secretario de Trabajo de la provincia remarcó que todas las relaciones laborales continúan vigentes por los próximos 60 días y explicó los dos únicos mecanismos habilitados por el decreto para la compensación de los trabajadores.
El presidente Alberto Fernández dispuso, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia la prohibición, por un período de 60 días, de "los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", como así también las "suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".
En diálogo con "De 10", el secretario de Trabajo de la provincia, Juan Manuel Pusineri explicó el alcance de esta medida de urgencia en Santa Fe y remarcó que la disposición actual implica que si se produce un despido sin causa, este carece de efecto y las relaciones laborales siguen vigentes por los próximos 60 días, para todos los tipos de empleados.
El funcionario explicó que en caso de producirse una situación de estas características, el Ministerio de Trabajo puede tomar medidas que van desde intimar a las empresas hasta dictar conciliaciones obligatorias, que, en caso de incumplirse, pueden derivar en sanciones económicas para las compañías.
En ese sentido, indicó que el decreto habilita dos únicos mecanismos: en el caso de empresas que no estén funcionando, pueden suspender al personal, pero abonando una compensación no remunerativa. "Está prohibido suspender sin abonar ningún tipo de compensación", remarcó.
En el caso de las empresas que sí están prestando servicios durante la cuarentena el sueldo de los empleados se abona habitualmente y habilita a pagar como no remunerativas las horas extras.
Finalmente, Pusineri indicó que la cartera se encuentra a la espera del anuncio presidencial que complemente esta medida con un paquete de ayuda económica para las empresas que no están en actividad por la cuarentena.
Audio: Juan Manuel Pusineri
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