Habilitan a remises, taxis y transportes escolares a trasladar bienes

Declararon al Emergencia en Santa Fe, y además se sumaron a las medidas para garantizar el cumplimiento del aislamiento.

Los concejales, que retomaron las sesiones con modalidad presencial y por vía virtual, aprobaron este jueves la Emergencia Sanitaria para la ciudad de Santa Fe.

En el marco de la pandemia de Coronavirus y sus consecuencias económicas habilitaron a taxis, remises y transportes escolares a trasladar bienes que no sean alimentos, en entregas puerta a puerta o reparto a domicilio siempre que se remitan a operaciones de compraventa de comercios habilitados de la ciudad.

Al respecto, la concejala Laura Mondino (Santa Fe Puede Más - Frente Progresista) explicó: “En estos momentos que estamos viviendo, momentos sin ningún tipo de precedente, nos van exigiendo nuevas medidas y nuevas políticas que definan acciones para asegurar la salud de los vecinos y las vecinas de la ciudad de Santa Fe. Esta situación extraordinaria, demanda respuestas extraordinarias y lo que viene a hacer este mensaje que acabamos de aprobar es, de alguna manera, darle las herramientas al Ejecutivo para que pueda realizar todas las gestiones que se necesite, con la celeridad que requiere esta situación. El Municipio viene trabajando de manera articulada con la Provincia y el Gobierno Nacional y es necesario declarar la emergencia para estar a la altura”.

El Ejecutivo municipal ahora deberá dar luz verde a la norma para que pueda concretarse.

Taxistas piden una ayuda a la provincia para afrontar la crisis

Por otro lado, establecieron las infracciones correspondientes a las normativas que tienden a la prevención de la propagación de la enfermedad del Covid-19 y a los comportamientos que transgredan disposiciones dictadas por cualquiera de los niveles de gobierno que aumenten el riesgo de afectación general de la salud.

Infracciones y penalidades

A partir de la situación epidemiológica de excepción, se incorporó al Régimen de Infracciones y Penalidades, multas de entre 100 a 1000 UF para quienes omitan el cumplimiento de las medidas o disposiciones adoptadas por autoridades competentes, por razones de seguridad, higiene y/o sanitarias. Entre estos casos se incluyen los casos de no uso de los denominados “tapabocas”.

Asimismo, se estableció multas de 30 a 300 UF para quienes circulen sin permiso o con permiso vencido o con vehículo no patentado de acuerdo a las disposiciones vigentes.

En tanto, cuando el conductor viole las normas dictadas por autoridad competente que limiten la circulación por razones de salud pública y/o con el objeto de impedir la propagación de la pandemia, será sancionado con multa de 100 a 1000 UF, y con inhabilitación para conducir de entre 15 y 180 días.