Los cambios en Ganancias y los nuevos instrumentos de exenciones
El Gobierno subió el piso del mínimo no imponible de la cuarta categoría será de 175.000 pesos mensuales. De esta manera, el aumento de las paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado y solo pagará alrededor del 10% de los trabajadores.
El Gobierno nacional oficializó este jueves la decisión de aumentar a $ 175.000 mensuales el monto mínimo no imponible para el pago del impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, e incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del gravamen para instrumentos financieros denominados en pesos.
Para ello, el Poder Ejecutivo emitió dos decretos, 620/2021 y 621/2021, ambos publicados en el Boletín Oficial. El primero de ellos, incrementó el piso de $ 150.000 y el umbral de $ 173.000 a $ 175.000 y $ 203.000, respectivamente.
También eximió del pago del Sueldo Anual Complementario a los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $ 175.000.
Con esta actualización, 1.267.000 personas que dejaron de pagar Ganancias cuando se aprobó la ley en abril, seguirán sin pagar el impuesto.
De esta manera, el aumento de las paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el Gobierno y solo seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores.
El mínimo no imponible del impuesto, todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse a partir del 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.
El segundo de los decretos incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del impuesto a Ganancias para instrumentos financieros denominados en pesos.
El decreto fija que, para ser alcanzados por la exención, estos instrumentos deben estar destinados "al fomento de la inversión productiva", lo cual incluye "la inversión o el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y de infraestructura".
A su vez, estos proyectos deben destinarse "a actividades económicas comprendidas en los sectores productores de bienes y servicios, tales como agropecuarios, ganaderos, forestales, inmobiliarios, telecomunicaciones, infraestructura, energía, logística, economías sustentables, promoción del capital emprendedor, pesca, desarrollo de tecnología y bienes de capital, investigación y aplicación de tecnología a la medicina y salud, ciencia e investigación aplicada, extracción, producción, procesamiento y transporte de materias primas, desarrollo de productos y servicios informáticos".
También comprende "al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)", como así también "aquellos instrumentos en moneda nacional adquiridos en mercados autorizados por la CNV, bajo segmentos que aseguren la prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas, destinados al financiamiento de las mipymes".
Los detalles de la medida
- Los trabajadores que, a partir de septiembre, perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175 mil no pagarán el impuesto.
- Gozarán, además, de la exención del Sueldo Anual Complementario (SAC) de diciembre.
- La medida incrementa el piso de $150 mil y el umbral de $173 mil a $175 y $203 mil, respectivamente.
- También exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las y los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $175 mil.
- Con la actualización, el 1.267.000 personas que dejaron de pagar el Impuesto a las Ganancias cuando se aprobó la ley en abril seguirán sin pagar el impuesto.
- De esta manera el aumento de las paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el gobierno y solo seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores.