Jujuy aprobó una ley para que los condenados no puedan ser candidatos
El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, destacó la sanción de la ley: "Seguimos implementando acciones concretas que son adecuadas para impulsar la transparencia en la Argentina".
La Cámara de Diputados de Jujuy aprobó un proyecto de "ficha limpia", que establece que quienes tengan una doble sentencia con condena no podrán presentarse como candidatos para cargos electivos en la provincia.
“Con la aprobación del proyecto Ficha Limpia en Jujuy, seguimos implementando acciones concretas que mejoran la calidad democrática y que son adecuadas para impulsar la transparencia en la Argentina. Agradezco a los legisladores por su trabajo y por su compromiso democrático”, resaltó el gobernador provincial, Gerardo Morales.
Con esta sanción, Jujuy se suma a las provincias de Mendoza, Chubut y Salta, distritos en los que existen leyes similares.
A nivel nacional, el frente Juntos por el Cambio también impulsa un proyecto de "ficha limpia" para evitar que condenados puedan presentarse como candidatos para cargos electivos nacionales.
“Los candidatos y candidatas deberán ser electores hábiles y reunir las condiciones que establece la Constitución nacional, provincial y Código Electoral provincial como los que exige también la ley orgánica de los partidos políticos; no podrán ser candidatos o candidatas a cargos electivos provinciales, municipales y de comisiones municipales los condenados o las condenadas por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena o su eventual revocación”, indica la ley.
Con la aprobación del proyecto #FichaLimpia en Jujuy, seguimos implementando acciones concretas que mejoran la calidad democrática y que son adecuadas para impulsar la transparencia en la Argentina.
— Gerardo Morales (@GerardoMorales) April 21, 2022
Agradezco a los legisladores por su
trabajo y por su compromiso democrático.
Entre los delitos abarcados se encuentran: contra la administración pública, contra el orden económico y financiero, contra las personas, contra la integrad sexual, contra la integridad civil, contra el estado civil, contra la libertad, contra la propiedad y contra los poderes públicos y el orden constitucional y los delitos comprendidos en la Ley Nacional Nº 27737 (ley de estupefacientes).
“Los derechos no son absolutos, son relativos, y se ejercen conforme la ley que reglamente su ejercicio. Nos estamos refiriendo a un impedimento del tipo temporal, no es definitivo. Mientras dure la condena o hasta que la sentencia sea revocada en una instancia superior no pueden presentarse como candidatos”, afirma la iniciativa.