Cuánto se estima recaudar por el impuesto a la “Renta Inesperada”

Se calcula que entre 350 y 360 grandes empresas serán alcanzadas por el tributo.

El Gobierno nacional estimó que la recaudación por el impuesto a la "Renta Inesperada" puede alcanzar a US$ 1.000 millones y sería pagado por entre 350 y 360 grandes empresas que operan en el país.

Desde el Palacio de Hacienda no descartan que una parte de ese monto comience a ingresar a las arcas del fisco durante 2022 en concepto de retenciones o adelantos, aunque esa posibilidad  depende de la reglamentación que luego de la sanción de la ley instrumente la AFIP.

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La iniciativa no contempla una reducción de la base imponible en caso que la presunta “Renta Inesperada” sea destinada a inversiones productivas.

El proyecto de ley impulsado desde el Ministerio de Economía por Martín Guzmán ingresará al Congreso Nacional en las próximas horas por la Cámara de Diputados, tal como lo establecen las normas constitucionales referidas a propuestas tributarias.    

En un ejemplo práctico: si una empresa ganó $ 1.000 millones en 2021 (ya ajustado por inflación) y en 2022 su rentabilidad fue de $ 1200 millones (también real) pagará 35% sobre los 1.200 millones y 15% adicional sobre $ 200 millones (la diferencia entre $ 1.200 y $ 1.000).

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Según los cálculos de Economía, en 2021 unas 600 empresas ganaron más de $ 1.000 millones descontando gastos operativos y, en caso de mantenerse la misma, situación en 2022, entre 350 y 360 compañías cumplirían además el resto de los parámetros fijados para el pago del tributo.

Si bien la iniciativa se lanza como “Renta Inesperada” por los efectos de la guerra, el impuesto será “transversal” e impactará en todas las empresas que cumplan con los parámetros establecidos, más allá de su si su actividad está vinculada o no al conflicto bélico.

Las condiciones fijadas son:

* Empresas con Ganancia Neta Imponible o Ganancia Contable superior a $1.000 millones y cuya Ganancia Neta Imponible haya crecido en términos reales y que cumplan con una de estas condiciones:

* Margen de ganancia (ganancia contable sobre sus ingresos) en 2022 superior al 10%

* Aumento del margen de ganancia en 2022 en relación al 2021 de al menos 20%

Debido a las diferentes fechas de cierres de balances, se establece que el tributo rige desde un mes después de la sanción de la ley y durante un año.

Desde el Ministerio de Economía remarcan que es un gravamen que se cobrará por única vez.