"Derecho al olvido": la Corte Suprema falló en contra de Natalia Denegri
Por unanimidad, el máximo tribunal no negó la existencia de ese derecho, pero consideró que no es aplicable al caso. El fallo invoca la necesidad de resguardar la libertad de expresión.
La Corte Suprema revocó por unanimidad la sentencia que había consagrado el “derecho al olvido” para Natalia Denegri, la productora televisiva y ex mediática protagonista de escándalos televisivos en los años 90. Invocando la defensa de la libertad de expresión, la Corte hizo hincapié en “el derecho social a la información de los individuos que viven en un Estado democrático”.
Esa libertad, entendió el fallo, “también comprende el derecho de transmitir ideas, hechos y opiniones a través de Internet y los motores de búsqueda, herramienta que se ha convertido en un gran foro público por las facilidades que brinda para acceder a información y para expresar datos, ideas y opiniones”.
La Corte no negó la existencia de un “derecho al olvido”, pero no lo consideró aplicable al caso Denegri, aunque dejó entreabierta la posibilidad de acciones preventivas contra los motores de búsqueda en Internet.
Denegri había obtenido de la Justicia en lo Civil un fallo que aceptaba su reclamo para que determinados episodios de su vida pasada fueran quitados de la red de redes, como una forma de proteger su integridad y su nueva vida.
Ese principio, denominado “derecho al olvido”, mereció una apelación del motor de búsqueda Google, que llegó hasta la Corte Suprema. El máximo tribunal realizó una audiencia pública de dos jornadas en las que escuchó a las partes y a organizaciones y juristas, con argumentos a favor y en contra del “derecho al olvido”.
Finalmente, sostuvo que Denegri “es una persona pública que justamente cobró notoriedad en esa época, que se expuso voluntariamente a los programas de televisión que hoy cuestiona”, en torno al episodio conocido como “Caso Coppola”.
“Eliminar dichos contenidos –consideró la Corte- afectaría a la libertad de expresión, y privaría a la sociedad de tener acceso a esa información”.
“La Constitución Nacional garantiza una amplia protección a la libertad de expresión, la cual tiene un lugar preeminente en el marco de nuestras libertades constitucionales, entre otras razones, por su importancia para el funcionamiento de una república democrática y para el ejercicio del autogobierno colectivo del modo por ella establecido”, sostuvo el fallo.
Los jueces advirtieron que hacer lugar a razonamientos “basados en gustos o puntos de vista particulares” desembocan en un “estándar de análisis una variable extremadamente maleable y subjetiva que abre la puerta a la arbitrariedad y, por ende, debilita la protección de la expresión”.
Su presente
Actualmente, Denegri se desempeña como empresaria gastronómica de una gran cadena de restaurantes del sur de la Florida, dueña y productora ejecutiva de una Productora de contenidos cinematográficos por la que fue galardonada con 13 premios Emmy, presentadora televisión para niños con un programa periodístico-solidario.
También es embajadora de fundaciones solidarias por toda Latinoamérica y personalidad destacada por el Congreso de los Estados Unidos por sus labores humanitarias y como una de las "25 latinas más poderosas" por la revista People en español.