El tribunal que juzga a Cristina Kirchner rechazó unificar otras causas
Se trata de una causa que tiene como principal imputado al financista Ernesto Clarens por presunto lavado de dinero de Lázaro Báez. "Sería sumamente imprudente unificar los dos procesos”, indicaron los jueces.
El tribunal oral federal que está juzgando la Causa Obra Pública rechazó hacerse cargo de otro expediente por presunto lavado de activos vinculado con el caso en el que el fiscal Diego Luciani pidió 12 años de prisión para la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner.
Se trata de una causa que tiene por principal imputado al financista Ernesto Clarens y viene tramitando ante el Tribunal Oral Federal número cinco, que se la envió al número dos (que actualmente juzga a la vicepresidenta) por razones de “conexidad”.
“Los hechos investigados en este proceso, calificados bajo el tipo penal (lavado) tenían como delito precedente la defraudación a la administración pública” por la que están siendo juzgados, además de Cristina Kirchner, el empresario Lázaro Báez y otros imputados.
Se trata de un desprendimiento de la causa que está actualmente en juicio, por otros hechos de presunta corrupción vinculados con la obra púbica en Santa Cruz.
“La plataforma fáctica delimitada por el fiscal de instrucción era clara en cuanto afirmaba que ‘Lázaro Báez y Ernesto Clarens, valiéndose de la colaboración de los restantes imputados, cimentaron e implementaron una estructura destinada a reciclar una porción importante de los fondos públicos sustraídos fraudulentamente al Estado Nacional a través de la obra pública vial”, sostuvo el tribunal que pretende desprenderse de esa causa.
Así, entendieron que el tribunal oral dos “se presentaba como el más apto para entender en las actuaciones porque ‘la maniobra trascendente resulta ser la que está siendo –y será-motivo de debate en los estrados de aquella sede’ (en referencia a los hechos de la causa cuyo juicio se encuentra próximo a concluir)”.
Pero los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Fabián Basso rechazaron la competencia argumentando que “la alegada conveniencia de que ambos procesos tramiten en forma conjunta será refutada guiados por la convicción de que la acumulación que proponen atentaría abiertamente contra una mejor y más pronta administración de justicia”.
“Conocemos lo suficiente las dimensiones y los alcances de los hechos y es en base a esa experiencia que nos consideramos facultados a afirmar que sería sumamente imprudente unificar los dos procesos”, sostuvieron los jueces.
Además, sostuvieron que “ante la eventualidad de que una contienda concluyese en la decisión de que deben tramitar ambos procesos en forma conjunta, el tribunal competente para intervenir sería el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número cinco”.
Ahora será la Cámara Federal de Casación la encargada de determinar si ambos expedientes se unifican o continúan tramitando por separado.