Las condenas a los ochos rugbiers por el crimen de Fernando
Finalmente, la Justicia decidió que cinco de los imputados sean condenados a cadena perpetua, mientras que otros tres recibieron 15 años de cárcel.
Tres años pasaron desde que Fernando Báez Sosa murió luego de una brutal golpiza sufrida a la salida de un boliche en Villa Gesell.
Ocho jóvenes, conocidos socialmente como los rugbiers, fueron detenidos e imputados por el crimen, que quedó registrado en imágenes de cámaras de seguridad y teléfonos celulares.
Se trata de Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz, y Luciano, Ciro y Lucas Pertossi.
La caratula es "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas", que prevé una pena de prisión perpetua.
Los jueces Claudia Castro, Christian Rabaina y Emiliano Lazzari decidieron en primera instancia, rechazar el planteo de nulidad articulado por el defensor particular.
Luego, declarar "por unanimidad, veredicto condenatorio contra Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Metías Benicelli y Luciano Pertossi como coautores penalmente responsables por el homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado con la participación de dos o más personas, por alevosía, en concurso real por lesiones leves a prisión perpetua".
En tanto, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz, Lucas Pertossi fueron condenados como "participes secundarios penalmente responsables de los delitos de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado con la participación de dos o más personas, por alevosía, en concurso real por lesiones leves a 15 años de prisión".
- Fueron encontrados culpables coautores de homicidio doblemente agravado y por alevosía a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi. Pidieron prisión perpetua.
- Y partícipes necesarios del crimen a Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi fueron condenados a 15 años de prisión.
- Los jueces también resolvieron abrir investigaciones por falso testimonio contra Juan Pedro Guarino y Tomás Collazo.
- El TOC Nº1 rechazó el planteo de nulidad presentado por Hugo Tomei por los fundamentos esgrimidos en la primera cuestión del veredicto.