Aprueban ley para prevenir posibles desbordes en la cuenca del Arroyo Ludueña

En su sesión del pasado miércoles 30, la Cámara de Diputados de la provincia dio sanción definitiva a una ley para la regulación integral de la cuenca del Arroyo Ludueña. La iniciativa, propuesta por el senador Juan Carlos Zabalza, tiene por objetivo mantener estables el caudal y la rapidez con que circulan los aportes de agua en toda la cuenca, con el fin de prevenir los desbordes del arroyo y los consiguientes riesgos para los habitantes de las zonas más bajas.

La citada ley, que fue que había obtenido media sanción por parte del Senado en agosto de este año, permitirá unificar criterios de acción entre las diferentes localidades que integran la cuenca para disminuir el riesgo de inundaciones.

El autor del proyecto, Zabalza, detalló que "la ley tiene la finalidad de prevenir el escurrimiento rápido de las aguas, porque por la cantidad de urbanizaciones que han surgido en Rosario y el área metropolitana, tenemos disminuido el nivel de permeabilidad, y hay zonas donde se evidencia el riesgo de sufrir inundaciones".

La iniciativa recepta por primera vez y de manera concreta la idea de indivisibilidad de las cuencas hídricas: su problemática no puede ser solucionada, o encarada de manera individual por cada municipio, ya que las acciones, correctas o incorrectas llevadas a cabo por cada localidad, o en cada zona rural, inciden, en forma indefectible, sobre las que se encuentran en tierras más bajas.

Si bien la legislación nacional y los organismos internacionales bregan hace años por la adopción de este principio, son pocos los casos en que pudo plasmarse concretamente.

En tal sentido, el proyecto establece un marco regulatorio que articula el trabajo de los Municipios y Comunas con la Provincia, unificando medidas y criterios para prevenir desbordes.

Para establecer un adecuado mecanismo de control de los aportes de agua, el proyecto prevé que los mismos se estabilicen a través del control de:

- procesos de impermeabilización urbanos (ej: por edificación de nuevos barrios) como rurales (impermeabilización como consecuencia de la poca rotación de cultivos),

- control de las descargas de áreas naturales de almacenamiento y de canalizaciones u otras obras construidas sin intervención de la autoridad de aplicación (canales clandestinos),

La fiscalización estará a cargo de cada Municipio y Comuna con la asistencia técnica del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, que quedará facultado para proceder a la inmediata paralización y/o remoción de las obras construidas sin permiso, sea en áreas urbanas o en áreas rurales.

La cuenca del Arroyo Ludueña abarca unas 75.000 hectáreas comprendiendo once poblaciones: Pérez, Funes, Zavalla, Ibarlucea y Ricardone, en su totalidad; y Soldini, Roldán, Pujato, Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez y Rosario, en forma parcial. Finalmente, el caudal del Ludueña, junto a los aportes del canal Ibarlucea y el canal Salvat, se descarga en las aguas del río Paraná a la altura de la ciudad de Rosario.

Los diagnósticos realizados a lo largo del tiempo señalan tres fenómenos como principales causantes del permanente crecimiento de los escurrimientos superficiales de la cuenca del Ludueña:

- la expansión de las áreas urbanas, en particular Rosario, Funes y Roldán, que transformaron superficies permeables naturales en áreas impermeables.

- el cambio producido en la cuenca del Arroyo en las explotaciones de áreas rurales, que de agrícolas-ganaderas mutaron a netamente agrícolas, hasta con dos cosechas anuales, provocando una notable reducción de la capacidad de infiltración de los suelos.

- la construcción de canales para “recuperar tierras bajas” que constituían almacenamientos temporarios naturales y el reacondicionamiento de canales existentes con el objeto de “sacar rápidamente el agua”, ambos hechos que redujeron los tiempos de concentración, que asociados a la pérdida de capacidad de infiltración de los suelos, se traducen durante los períodos lluviosos en mayores niveles de agua en el Arroyo.

Durante el siglo pasado, el Arroyo y/o sus tributarios, desbordaron en 15 oportunidades, y una en lo que va del presente siglo, afectando diversos barrios de la ciudad de Rosario, sectores de las ciudades de Pérez y Funes, provocando además cortes de rutas.

Esta ley constituye una herramienta imprescindible para reducir drásticamente los riesgos de inundación en áreas urbanas y rurales, y configura una respuesta racional a los requerimientos de municipios y comunas de la cuenca, y de innumerables ONGs que han expresado su preocupación por la situación de los lugares donde muchos santafesinos desarrollan sus actividades, trabajan, y viven junto a sus familias.