A partir de qué montos AFIP controla gastos con tarjeta y plazos fijos

Bancos y billeteras virtuales deberán informar sobre los movimientos de cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas.

A partir de este lunes 1 de mayo, los bancos y las billeteras virtuales deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito y débito que superen ciertos montos mínimos.

Operaciones con tarjeta de débito y crédito

El monto mínimo de una operación para ser informados a la AFIP es de $200.000 desde hoy. 

La medida incluye: depósitos, transferencias recibidas, saldos en cuenta, acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos.

Se informará a AFIP si el consumo en tarjeta de debido es de $120.000 o más.

También avisarán a AFIP cuando el monto de la operación - sea ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital por transferencia bancaria o virtual - iguale o supere los $400.000.

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Plazo Fijo: cuando informan a AFIP

La Resolución General 5348/2023 incluye también a quienes tengan un plazo fijo.

La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo es de $200.000.

En tanto, el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito se incrementó a $120.000.