La Fiscal General del MPA ordenó supervisar la Oficina de Investigaciones
El objetivo es “restaurar la confianza institucional interna y externa de este órgano técnico de apoyo a la gestión”.
María Cecilia Vranicich dispuso la medida que se extenderá por 90 días y cuyo objetivo es “restaurar la confianza institucional interna y externa de este órgano técnico de apoyo a la gestión”. Designó a un funcionario y a una funcionaria de la Fiscalía General para que realicen “un riguroso relevamiento integral sobre los procesos y circuitos de trabajo, recursos humanos e infraestructura material”. Mientras se realicen las tareas, se suspenderá la recepción de nuevas solicitudes de intervenciones operacionales del OI
La Fiscal General del MPA, María Cecilia Vranicich, ordenó iniciar un procedimiento de supervisión integral del funcionamiento del Organismo de Investigaciones (OI). La medida, que se extenderá por 90 días, fue tomada a través de la resolución número 170 firmada ayer.
Según afirma en los fundamentos del documento, el objetivo de la medida es “restaurar la confianza institucional interna y externa de este órgano técnico de apoyo a la gestión”. En tal sentido, Vranicich sostiene que uno de sus lineamientos prioritarios es “consolidar un OI que contribuya al desarrollo de investigaciones eficientes y eficaces, actuando con respeto al principio de objetividad y garantizando la actuación autónoma e independiente que debe regir al MPA”.
Para la realización de la tarea, Vranicich designó al Administrador General del MPA, Guillermo Rabazzi, y a la funcionaria adscripta a la Fiscalía General, Marina Pieretti. De acuerdo con lo indicado en la resolución, junto a personal convocado al efecto, deberán realizar “un riguroso relevamiento integral sobre los procesos y circuitos de trabajo, recursos humanos e infraestructura material, a los fines de advertir aspectos críticos de la gestión y oportunidades de mejora”.
Vranicich también dispuso –durante los tres meses en los que se realice el procedimiento de supervisión– “la suspensión de la recepción de nuevas solicitudes de intervenciones operacionales del OI”. Asimismo, estableció que esa suspensión podrá ser exceptuada solo por la Fiscal General “ante la solicitud fundada de una Fiscalía Regional”.