“De tal modo, y a raíz de las conclusiones expuestas, en mi opinión queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan”, resumió el procurador.

Casal había sostenido que la Corte Suprema no tenía competencia para resolver sobre cuestiones relativas a los comicios provinciales, pero advirtió que el máximo tribunal podía adoptar un criterio diferente.

Eso fue lo que pasó: “en su resolución del 9 de mayo de 2023, la Corte Suprema  declaró su competencia originaria para entender en este proceso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 117 de la Constitución Nacional, sobre la base de considerar que es parte una provincia y que el actor ha planteado de manera seria una cuestión federal predominante”, subrayó Casal.

“En tales condiciones y en atención a los términos de la vista conferida el 16 de mayo de 2023, el dictamen de este Ministerio Público se ceñirá exclusivamente al examen de la cuestión de fondo planteada”, justificó su pronunciamiento.