Le dieron 15 días de cárcel por llevarse cuatro quesos sin pagar
La jueza Patricia Cusmanich destacó que "el fin de la pena es la reinserción social" del condenado.
Un tribunal oral condeno a 15 días de prisión –que dio por cumplidos- a un hombre que intentó llevarse cuatro trozos de queso envasados de un supermercado sin pagar por ellos su precio, unos cinco mil pesos.
El condenado fue detenido el 29 de mayo pasado y permaneció encerrado desde entonces, por lo que se superó el tiempo de duración de la condena y, en consecuencia, ya recuperó la libertad.
“Se le imputa el haber intentado apoderarse ilegítimamente el 29 de mayo del corriente año, aproximadamente a las 15:50 horas, de cuatro quesos que se encontraban en el interior del supermercado Coto, sito en Piedrabuena 4902, de esta ciudad, ocultándolos entre sus ropas para intentar lograr su cometido”, explica el fallo.
La conducta fue observada por un empleado del supermercado, quien advirtió a la seguridad privada y –tras un chequeo con las cámaras de seguridad- éstos dieron aviso a las fuerzas policiales.
“El preventor que cumplía funciones como parada en el cruce de las avenidas Francisco Fernández de la Cruz y Piedrabuena, logró la detención. Se secuestró la mercadería sustraída que el acusado tenía en su poder, que según el ticket aportado tiene un valor comercial total de 5.464,61 pesos y se hallaba cerrada y sellada”, revela a sentencia.
La fiscalía había pedido la pena de un mes de prisión de cumplimiento efectivo, pero la jueza Patricia Cusmanich, del Tribunal Oral número 22, en un fallo unipersonal, lo redujo a 15 días.
“Las razones que me han llevado a tomar esta decisión encuentran fundamento en el perjuicio que resulta de imponer penas cortas de efectivo encierro, lo que me lleva a considerar que no se justifica su privación de libertad en virtud de los escasos días que restan para cumplir”, resumió la jueza.
“Quiero destacar que tanto de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, que hoy integran el llamado bloque constitucional, como la demás legislación nacional vigente surge claramente que el fin de la pena debe ser la reinserción del condenado a la sociedad”, subrayó en el fallo.