Rafaela: 241 mujeres deberán retirar los fetos de sus hijos del hospital

Se guardaron desde 2005 en el hospital de Rafaela, ya que un médico se negó a descartarlos como residuos patogénicos. La Justicia entendió que debían tener un certificado de defunción y ser sepultados.

El Juzgado Civil y Comercial de Tercera Denominación de la provincia notificó a 241 mujeres que habían perdido a sus bebés, que deberán retirarlos del hospital "Jaime Ferré" de la ciudad de Rafaela para darles sepultura.

Los cuerpos se encontraban  en un armario del hospital Dr. Jaime Ferré donde hay 257 frascos (algunos eran mellizos) que conservaban los “cuerpos de bebés por nacer”, tal como sostiene el escrito judicial, fallecidos por muerte no provocada en el seno materno entre 2005 y 2020.

Según declaraciones de una de la madres, no sabían de la situación en la que se encontraban los cuerpos de sus hijos porque nunca fueron informadas que los iban a conservar, y tampoco les fueron entregados en ese momento debido a la corta edad gestacional.

Además de lo llamativo de la situación, también lo fue para estas madres recibir la notificación para que vayan a retirar el cuerpo de sus bebés. Esto ocurrió entre junio y julio del 2021.

Sin embargo solo seis mujeres se presentaron a pedir los cuerpos de sus hijos y participaron de todo el trámite que suponía, con gastos de sepelio y traslado, misas y entierros en el cementerio. Muchas otras averiguaron, pero no avanzaron, mientras que la mayoría no se atrevió a reabrir esa etapa dolorosa. 

“Eran fetos de embarazos que se interrumpieron antes de la semana 20 o que habían pesado menos de 500 gramos”, explicó el abogado Pablo Possetto, que patrocinó la demanda judicial en nombre del médico Jorge Pérez, y argumentó por LT10 que la intención del también jefe de anatomía patológica del hospital, era que fueran enterrados de forma conjunta en el cementerio local.

Históricamente, según lo que relató el letrado, los fetos que tienen menos de 20 semanas de gestación siempre fueron descartados como residuos patológicos. Pero en este caso, el hospital y la persona que estuvo al frente del servicio ejerció el derecho de objeción de conciencia y optó por preservar los cuerpos hasta encontrar la herramienta adecuada. 

Esto generó  una amplia colección de frascos con nonatos que permanecían allí en una suerte de limbo sin destino.

Legalmente había que hacer algo para resolver la situación: debían ser inscriptos en el libro de defunciones del Registro Civil local, había que generar un acta de defunción prenatal por cada uno y debían ser entregados a cada madre, con la correspondiente “licencia de inhumación de los restos para proceder a su sepultura”, indica el fallo, que lleva la firma de la jueza Ana Laura Mendoza.

Possetto tambén comentó que patrocina a algunas madres en otra causa que transcurre de manera paralela. "El objetivo es que puedan inscribir a sus hijos con el nombre que ellas habían soñado para ellos porque hoy están inscriptos como NN, y el deseo es que lleven el nombre elegido en la partida de defunción".

 

Audio: Escuchá la entrevista completa con Pablo Possetto

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