Cinco cosas que tenés que saber sobre las PASO
En esta nota te dejamos algunas consideraciones que tener en en cuenta si o si a la hora de ir a votar este domingo.
En domigno 16 de julio se celebrarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias en la provincia de Santa Fe, entre las 8:00 y las 18:00 hs. Si a la hora del cierre todavía hubiera electores esperando para emitir su voto, se les permitirá hacerlo.
En esta nota te dejamos algunos detalles que tenés que saber a la hora de ir a votar:
¿Es obligatorio el voto en las elecciones P.A.S.O.?
Sí. Las elecciones P.A.S.O. son de carácter obligatorio para todas y todos los electores que figuren en el padrón.
¿Con qué documento puedo votar?
Se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si concurrís a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no podrás votar.
El DNI en el celular no es válido para votar.
¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite?
No. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.
¿Qué pasa si no voto?
Te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
¿En qué casos estoy exceptuada o exceptuado de asistir a votar?
- Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.)
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios
¿Qué sucede si no puedo asistir al establecimiento el día de la votación?
Debés concurrir con tu documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que te encuentres, y allí tenés que pedir una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar.
Acordate de presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.