Acusan al Tribunal Electoral de Santa Fe de censurar contenido digital
La titular de Transparencia Internacional explica en detalle lo que sucedió en torno a las presentaciones de dos precandidatos de Unidos para Cambiar Santa Fe.
Acusan al Tribunal Electoral de Santa Fe de censurar contenido digital, luego de dos presentaciones realizadas por los candidatos de Unidos para Cambiar Santa Fe, Maximiliano Pullaro y Carolina Losada.
Ambos consideraban que estaban siendo agraviando en el marco de la campaña electoral, con publicaciones en distintas plataformas.
Por LT10, Delia Ferreira Rubio, titular de Transparencia Internacional, sostuvo que la decisión del Tribunal va contra la libertad de expresión y la normativa internacional al respecto.
"Lo que terminó haciendo el Tribunal Electoral fue establecer un tipo de censura sin ningún aval legal" sostuvo la especiliasta, quien además destacó que "una restricción en el derecho de libertad de expresión requiere una norma que autorice semejante restricción y establezca el fundamento de esta sanción".
"La única norma que el tribunal utiliza es decir que es la autoridad de aplicación del sistema electoral en Santa Fe" agregó.
En una nota en un medio nacional, Ferreira Rubio detalla que durante las recientes PASO de la provincia de Santa Fe, el Tribunal Electoral de la Provincia (TSE) dictó dos fallos que crean un precedente muy peligroso para la libertad de expresión. Ambos fallos son contra Google y tienen como demandantes a los precandidatos a gobernador de Juntos por el Cambio, Carolina Losada y el ganador de las PASO, Maximiliano Pullaro.
El Tribunal dice -con acierto- que los contenidos cuestionados están protegidos por el principio de libertad de expresión. Pero ordena a Google la remoción de los avisos porque son anónimos y supuestamente contradicen la transparencia del financiamiento.
En el caso de Losada no había ni campaña sucia, ni injurias, ni información falsa. Lo que incomodaba a la candidata era “el archivo”, la comparación entre lo que decía antes y lo que decía ahora. El Tribunal afirma -con acierto- que los avisos están amparados por la libertad de expresión sin censura previa. En el caso de Pullaro el Tribunal sostiene que “el contenido expresivo es intocable” y está amparado por la libertad de expresión.
Audio: Delia Ferreyra Rubio, Transparencia Internacional
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