Vence el plazo para la recategorización en el monotributo
La AFIP recordó que "para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal”, y añadió que “si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría".
El plazo para realizar la recategorización del monotributo vencerá este jueves, según la prórroga dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a la operatoria que cerraba el 20 de julio último.
Se trata de recategorización correspondiente al primer semestre de este año.
El organismo fiscal aclaró que "los períodos de recategorización se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica".
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
El organismo señaló que "para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal”, y añadió que “si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría".
Monotributo AFIP: qué parámetros se tienen en cuenta para la recategorización
Para evaluar si un monotributista debe modificar su categoría dentro del Régimen Simplificado o no, AFIP analiza tres parámetros distintos a lo largo de los últimos 12 meses, en este caso, de julio 2022 a junio 2023. Estos son:
- Los ingresos brutos acumulados
- La energía eléctrica consumida
- Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad
Una vez calculados estos valores, se deben cotejar con la tabla de categorías vigentes del Monotributo , la cual no sólo considera ingresos brutos, sino también ítems como la actividad, la cantidad de empleados, la superficie afectada por la actividad, la energía eléctrica consumida, alquileres, aportes, entre otras.