La Corte Suprema convalidó la constitucionalidad de la ley del arrepentido
El máximo tribunal, por unanimidad, rechazó un planteo formulado por Julio De Vido contra la normativa que fue el motor de la Causa Cuadernos.
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un planteo de inconstitucionalidad contra la denominada "Ley del Arrepentido" y respaldó su validez en el marco de la Causa Cuadernos.
El máximo tribunal, por unanimidad, rechazó un planteo formulado por el ex ministro de Planificación Julio De Vido.
Se trata de la causa en la que Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa de una asociación ilícita que recaudaba coimas entre empresarios que hacían negocios con el Estado.
El autor de las anotaciones, Oscar Centeno, fue el primero de los arrepentidos en agosto de 2018 que desató la ola de pactos que se hicieron en la fiscalía de Carlos Stornelli. En total hubo 31 arrepentidos entre empresarios y ex funcionarios.
En noviembre de 2020 los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña (los mismos jueces que decidieron ordenar el juicio de CFK por las causas Los Sauces-Hotesur y Memorándum con Irán) habían rechazado los cuestionamientos a la ley 27.304, sancionada el 19 de octubre de 2016.
Allí se consagró la figura del “delator premiado” o “imputado colaborador” (“arrepentido”) con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones. El acogimiento a este régimen implica que aquel partícipe de un hecho ilícito que declara en calidad de arrepentido obtiene una disminución de la pena privativa de la libertad a cambio de informaciones relevantes para el esclarecimiento o avance de la investigación.