La justicia de Córdoba ordenó desconectar a un hombre en estado vegetativo
En un fallo sin precedentes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Córdoba resolvió a favor del pedido de la familia del enfermo y declaró "la ilegitimidad de la negativa del equipo médico a retirar el soporte vital al paciente".
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de la ciudad de Córdoba ordenó desconectar a un hombre que estaba siendo asistido en estado vegetativo irreversible en el Hospital de Urgencias desde el pasado 12 de marzo.
En un fallo sin precedentes, resolvió a favor del pedido de la familia del paciente:
Ordena, además, al director del hospital que disponga, “sin dilación alguna la limitación del esfuerzo terapéutico a J.S., solicitada por su familia, y el aseguramiento de los cuidados paliativos suficientes, habiendo previamente informado a los familiares para que se tomen los recaudos personales y espirituales que consideren adecuados”.
También “exhorta a la comunidad médica y no médica a tomar conocimiento informado de las voluntades anticipadas previstas en la ley N°10.058, modificada por la norma N°10.421, y a las autoridades provinciales y municipales a adoptar las medidas necesarias para garantizar su mayor difusión, con el fin de evitar la judicialización de los conflictos que puedan plantearse en el futuro”.
El 12 de marzo J.S ingresó al hospital, producto de una golpiza en lo que se presume fue un intento de robo. Tuvo una broncoaspiración hasta que recibió atención. Su historia clínica da cuenta de ese episodio sumado a un traumatismo cráneo encefálico. Después de casi dos meses en terapia intensiva pasó a sala común. Ante el cuadro, la familia pidió que se le retiraran los soportes que le dan alimentación e hidratación.