Cambian las recetas: cómo será el nuevo trámite para comprar medicamentos
El megapaquete de desregulaciones anunciado por el presidente, incluye en uno de sus tramos distintos condicionantes respecto a la prescripción y dispensas de medicamentos.
El Gobierno nacional oficializó este jueves el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de "Bases para la reconstrucción de la economía argentina".
El megapaquete presentado el miércoles por el presidente Javier Milei vía cadena nacional incluye en el título XI de "Salud" la sustitución del punto 2° de la Ley N° 25.649 referido a la utilización de medicamentos por su nombre genérico al igual que su prescripción y despacho.
Los sindicalistas expresaron su rechazo por el DNU
¿Qué dice el DNU sobre las recetas para medicamentos?
De acuerdo al texto publicado en la edición del Boletín Oficial (BO), desde ahora toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración.
"El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas que requieran recetas en cualquiera de sus modalidades", sintetiza en su segundo párrafo.
Además, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.
Para el director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos, Rubén Sajem, las modificaciones "van contra la salud de la población".
"El primer cambio es que se van a poder vender medicamentos de venta libre fuera de la farmacia", alertó en diálogo con Urbana Play al tiempo que sentenció que "las farmacias van a poder funcionar sin farmacéuticos".