Condenado a 18 años de prisión por violar a las hijas de su expareja

El culpable es Ivan Zarzyski, de 51 años. Años después de los abusos, las víctimas le pudieron contar a su madre los ataques sexuales que padecieron.

Un hombre de 51 años identificado como Ivan Zarzyski fue condenado a 18 años de prisión por haber abusado sexualmente de las hijas menores de edad de su expareja en Laguna Paiva.

Los abusos en perjuicio de una de las víctimas fueron cometidos entre 2012 y 2014, mientras que en relación a su hermana, los ataques sexuales fueron entre 2015 y 2017.

El condenado abusó de las dos niñas de forma sistemática en la vivienda que compartían a raíz de la relación de pareja que él mantenía con la madre de ellas.

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El fiscal a cargo de la investigación fue Roberto Olcese, quien integra la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 1. Olcese también representó al MPA en el debate.

Olcese argumentó que “además de los ataques sexuales en la casa, a una de las niñas la abusó en su auto mientras se trasladaban desde Laguna Paiva hacia la ciudad de Santa Fe, y también en un inmueble que el padre del condenado usaba como lavadero”.

Las dos niñas no habían podido contar nada de sus padecimientos hasta que en 2020 se animaron a relatarle a su madre lo que habían sufrido. Primero lo hizo la hermana más grande, quien ya era mayor de edad, y unos meses después también pudo develar lo ocurrido la hermana menor.

“La madre de las víctimas informó lo ocurrido ante el Servicio Local de Niñez de la municipalidad de Laguna Paiva, dependencia que impulsó la denuncia de los delitos, lo cual permitió iniciar la investigación”, valoró el fiscal.

Delitos

En relación a los ataques sexuales en perjuicio de un de las niñas, Zarzyski fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado (por la guarda y por la convivencia) y promoción a la corrupción de menores agravado (por la edad de la víctima, por la guarda por la convivencia) en relación a la primer víctima.

Respecto de la segunda víctima, se le impuso la pena por la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la guarda y por la convivencia) y promoción a la corrupción de menores agravado (por la edad, por la guarda y por la convivencia).