Todo vehículo con documentación básica podrá prestar servicio de transporte
Con esta decisión, los transportistas y empresas podrán fijar libremente precios, horarios, recorridos y duración de los servicios.
Cualquier vehículo con seguro y Verificación Técnica Vehicular (VTV) podrá prestar servicios de transporte de pasajeros. Así lo anunciaron desde el gobierno nacional este martes en el marco de las medidas de desregulación del transporte de larga y media distancia.
La medida se formalizó a través de la resolución 57, publicada en el Boletín Oficial. Con esta decisión del Ejecutivo, los transportistas y empresas podrán fijar libremente precios, horarios, recorridos y duración de los servicios.
Los transportistas -ómnibus, combis y automóviles- podrán registrarse a través de la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información "relevante y actualizada de los servicios".
"Se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) brindando mayor comodidad y transparencia", precisaron desde la Secretaría de Transporte.
Además, los vehículos podrán iniciar o finalizar el viaje y hacer paradas en cualquier terminal. Se mantienen las exigencias de seguridad vial; seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo y deberán cumplir con la revisión técnica vehicular obligatoria.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación, celebró la medida y compartió un escrito en su cuenta de X: "A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. El decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos".