Apps de viajes: la Municipalidad ratifica que las motos no están incluidas
A cuatro meses de la ordenanza que regula a las plataformas, solo Cabify y Maxim están registradas. Siguen las negociaciones con Uber y Didi, pero el municipio advierte que el transporte en moto no está contemplado.
A cuatro meses de la sanción de la ordenanza que regula las plataformas de viajes privados en Santa Fe, la implementación plena de las exigencias y los controles aún presenta varios interrogantes. Desde el municipio aseguran que el diálogo con las empresas es constante, aunque todavía no se logró un marco completamente ordenado.
Sebastián Mastropaolo, secretario de Gobierno de la ciudad, afirmó en declaraciones a la prensa que “estamos en diálogo permanente con la gente de remises para seguir evolucionando en esta ordenanza, que se puedan inscribir las distintas plataformas y que tengamos un sistema realmente ordenado”.
Uno de los principales puntos de fricción gira en torno a las versiones en moto de estas apps. Al respecto, Mastropaolo fue tajante: “La ordenanza no contempla el servicio en moto. Vamos a seguir haciendo los controles en conjunto con la policía y, si se detecta a una persona transportando a terceros en moto, se procederá a la detención del vehículo”.
Hasta el momento, las únicas plataformas que completaron el registro son Cabify y Maxim, además de algunas locales. En tanto, las negociaciones con Uber y Didi continúan, aunque según explicó el funcionario, estas empresas insisten en incluir el transporte en moto, lo cual dificulta los acuerdos: “No vamos a poner en riesgo a ningún vecino de la ciudad”.
La preocupación por la seguridad también se profundizó tras una reciente denuncia por acoso. El padre de una adolescente de 16 años denunció que su hija fue acosada por un chofer de la aplicación Didi durante un viaje hacia la escuela. Consultado por este caso, Mastropaolo indicó que el diálogo es permanente, y que les confirmaron que el usuario fue dado de baja de la plataforma.
¿Qué dice la Ordenanza?
La Ordenanza N° 12.991 sancionada por el Concejo Municipal el 10 de octubre de 2024 y promulgada el 28 del mismo mes, esta norma establece lo siguiente:
- Las plataformas deben inscribirse en el Registro de Intermediarios del Transporte de Personas por Plataformas.
- Deben constituir domicilio legal en la ciudad y designar un representante con residencia permanente en Santa Fe.
- Los conductores deben contar con licencia profesional clase D1 otorgada por la Municipalidad.
- Es obligatorio presentar pólizas de seguro vigentes y registrar el dominio del vehículo utilizado.
- Solo podrán asignarse viajes a conductores y vehículos registrados.
- Deben pagar el Derecho por el Servicio de Transporte concertado vía app.
Cada pasajero debe ser informado sobre:
- Nombre, apellido y foto del conductor.
- Modelo, color y patente del vehículo.
- Tiempo estimado de llegada.
- Precio final del viaje.
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