La Asociación Santafesina de Básquet aprobó reformas en estatuto y reglamento electoral

Se realizó la Asamblea General Extraordinaria, presidida por Gabriel Darrás, donde se aprobaron reformas en el estatuto y el reglamento electoral.

Bajo el comando del presidente Gabriel Darrás, se llevó adelante recientemente la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Santafesina donde se aprobaron por unanimidad las reformas del estatuto y el reglamento electoral.

Todo entrará en vigencia a partir de la aprobación por parte de la RPJEC (exIGPJ).

Las reformas al estatuto fueron con el fin de poder hacerlo más funcional, claro y descriptivo, incorporando definiciones precisas que facilitan la aplicación práctica y fortalecen el funcionamiento de la entidad madre del deporte local.

Algunas de las adecuaciones que fueron aprobadas

Los miembros de la Comisión Directiva no votan en la Asambleas, salvo el presidente en caso de empate (art 30)

Los integrantes de la Comisión Directiva ahora son nueve, duran tres años en sus cargos y se reeligen una sola vez. (art 56 y 57)

Se agregan cuestiones específicas requeridas por FIBA respecto a la no discriminación y protección de niños, niñas y adolescentes, neutralidad política y religiosa y transparencia institucional (art.6 a 11)

Las asambleas y reuniones de Consejo de Delegados podrán realizarse presencialmente, a distancia o en forma mixta.

El Estatuto otorga al Consejo de Delegados un rol fundamental en la adopción de todas las decisiones de carácter económico y deportivo (art 85), aprobando los valores arancelarios, el presupuesto, el calendario deportivo anual y el formato de disputa de los torneos.

El estatuto establece nuevas directrices generales para la generación de sus recursos: Entre las principales definiciones: no cobrar aranceles de inscripción a los clubes por su participación en torneos oficiales, no aplicar costas en los expedientes del Tribunal de Disciplina, no imponer cargos ni recargos extraordinarios y no cobrar aranceles por la designación de sedes de competencias o eventos. (art 23).

Asimismo, se trató y aprobó el Reglamento Electoral, donde se resume el procedimiento electoral, plazos, funciones de la Junta Electoral y el orden de votación.