Alerta de la Corte Suprema de Justicia sobre los juzgados de pequeñas causas

Habló de “crisis” en materia de personal, infraestructura y equipamiento. Dice que el número de vacantes creció desde el año pasado y la mayor parte de los jueces comunales no cumple con el requisito de ser abogado o procurador

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia emitió una nota en la que advierte sobre la situación de “crisis” en que se encuentra la justicia comunitaria de Pequeñas Causas, por la cantidad de vacantes y carencia de infraestructura y equipamiento. Dice que la situación se agravó desde que advirtió al respecto en julio del año pasado, y que todo ello podría derivar en un cuadro de “denegación de justicia”.

En reunión de Acuerdo, los ministros de la Corte resolvieron enviar un alerta dirigida al gobierno, a la Legislatura, a los jueces de distintos fueros, a los colegios de Magistrados y Abogados, y al gremio del personal judicial. Allí apuntan, entre otras cosas, que en la actualidad “el número de vacantes de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas ascendió a 113; es decir, no sólo que no se cubrieron las vacantes que existían al mes de julio del año pasado, sino que hay 15 vacantes más. Dicha constatación resulta altamente preocupante, y lleva a pensar que habrá de postergarse aun más la satisfacción de los fines pretendidos por la norma, pudiéndose generar -si así persiste la situación- supuesto de denegación de justicia”.

La preocupación al respecto, “amplia, frecuente y sostenida”, fue expresada también por plenarios de Cámaras y a través de “más de cincuenta presentaciones formuladas por Jueces Comunitarios y de Circuito”.

En el acta acuerdo No. 18, la presidenta María Angélica Gastaldi y los ministros Daniel Erbetta, Roberto Falistocco, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler, se remitieron al pronunciamiento del 26 de julio de 2011, emitido en vísperas de la entrada en vigencia de la ley 13.178. En virtud de esa norma operaba una transformación del diseño judicial, ya que de la materia en que entendían los 256 juzgados comunales distribuidos en toda la provincia, buena parte tendría que pasar a ser asumida por jueces comunitarios de Pequeñas Causas que contaran con título de abogado o procurador.

En términos concretos, se indicó que existían 98 Juzgados Comunales vacantes; que 112 estaban titularizados por Jueces Comunales que no contaban con título de abogado o procurador; y que sólo 46 Jueces Comunales ostentaban tal calidad; todo lo cual conducía a afirmar que el 82% de la Justicia Comunal instalada “tendría muy probablemente algún tipo de inconveniente para tramitar los casos de la Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas -sea por falta de jueces abogados o procuradores, o por vacancia del Juzgado-”.

También se hizo alusión a que resultaría apropiado que las funciones de Registro Civil sean asignadas a funcionarios distintos; a que debían cubrirse del modo más urgentemente posible las vacantes existentes; y a que la satisfacción de “los loables objetivos señalados por la ley” requerían del inexorable incremento de recursos humanos y materiales (para atender necesidades edilicias, de mobiliario, y de equipamiento tecnológico y de comunicación).

El 28 de septiembre de 2011, el ministro de Justicia, Héctor Superti, propuso, también por nota, un plan progresivo de separación de funciones de Registro Civil respecto de los Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas; y la afectación de cargos de Juzgados Comunitarios de localidades con “características particulares en cuanto a habitantes, cargas de trabajos y ubicación geográfica”, para poner en funcionamiento seis Juzgados Comunitarios de Rosario, cuatro de Santa Fe; el de Reconquista; el de Venado Tuerto y el de Rafaela.

Tras recoger opiniones y constataciones de Cámaras y juzgados, la Corte sostiene ahora que el actual cuadro de situación “no hace más que confirmar aquello que este Cuerpo señaló como disfunciones altamente probables”, comenzando por el aumento en el número de vacantes.

Al respecto, apuntan que los últimos concursos convocados datan de febrero y marzo de 2011, y a la fecha no han sido concluidos (ver aparte); por lo que, además de requerir su urgente resolución, dejaron sentado que “ello constituirá apenas un leve paliativo a la crítica situación por la que el fuero de la Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas se encuentra atravesando”.

En función de todo ello, la nota emitida por la Corte deja sentada su opinión sobre “el estado de crisis que en materia de personal, de infraestructura edilicia y de equipamiento técnico atraviesa la Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas” y lo hace saber a los demás estamentos del Estado y actores involucrados.