Ley de Inocencia Fiscal: Lázaro Báez quedó sobreseído de una causa

El abogado tributarista Enrique Condorelli explicó en LT10 los alcances de la nueva ley. La elevación de los montos mínimos para procesar a evasores tiene efectos retroactivos y genera una "amnistía de hecho" para grandes contribuyentes.

Con el beneficio de la Ley de Inocencia Fiscal, Lázaro Báez quedó sobreseído de la causa en la cual se lo investigaba como evasor.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 resolvió cerrar parte de la causa contra el empresario y sus hijos tras la entrada en vigencia de la nueva norma. El proceso seguirá activo solo por el período fiscal 2012.

En diálogo con LT10, el abogado y magíster en Derecho Tributario, Enrique Condorelli, señaló que este escenario no es una excepción, sino la regla que regirá la mayoría de los procesos vigentes en Argentina.

"La elevación de los umbrales de punibilidad a 100 millones de pesos hace que los jueces no tengan otro remedio que aplicar la ley de forma retroactiva", explicó el especialista. Según Condorelli, la normativa anterior mantenía montos "irrisorios" —cercanos a los mil pesos anuales—, lo que criminalizaba incluso a pequeños contribuyentes por errores menores en sus declaraciones juradas.

Sobreseen a Lázaro Báez en una causa por aportes

El letrado fue contundente respecto al futuro de las investigaciones actuales: "Más del 95% de las causas penales tributarias en Argentina se van a caer. Solo queda un 5% de evasores que superan estos nuevos montos".

La polémica radica en que la ley penal más benigna debe aplicarse "siempre", conforme a la doctrina de la Corte Suprema en fallos como "Palero" y "Cristalux". Esto permite que evasiones cometidas en 2011, que en su momento eran cifras astronómicas, hoy queden por debajo del nuevo piso de 100 millones de pesos, resultando en el archivo de las causas.

Ante la consulta sobre si esta medida representa una injusticia para el fisco, Condorelli diferenció la responsabilidad penal de la administrativa. "El 90% de estos contribuyentes ya pagó la obligación evadida o tiene sus bienes embargados. Lo que se extingue es la acción penal, es decir, la posibilidad de ir a prisión", aclaró.

Sin embargo, el especialista reconoció que la nueva ley subsana una deficiencia histórica al incluir una actualización automática anual. "A partir de ahora, el monto se ajustará permanentemente, evitando que la inflación vuelva a distorsionar quién es considerado un delincuente tributario y quién no", concluyó.

Audio: Enrique Condorelli, abogado tributario

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