Condenaron a De Vido a tres años de prisión por la contratación de Odebrecht
El ex ministro de Planificación ya cumple prisión domiciliaria por la causa de la tragedia de Once.
El ex ministro de Planificación Julio De Vido, quien cumple prisión domiciliaria por la causa de la tragedia de Once, volvió a ser condenado por la Justicia, ya que el Tribunal Oral Federal N.º 2 (TOF) lo sentenció con tres años de prisión por la contratación de Odebrecht para los trabajos de ampliación de gasoductos.
Los jueces del TOF 2 lo penaron con tres años en suspenso y le aplicaron la prohibición de manera perpetua para ocupar cargos públicos.
De Vido no fue el único condenado. También recibieron sanciones Daniel Cameron y Cristian Folgar, todo en el marco del juicio por las supuestas irregularidades en la contratación de la empresa Odebrecht para realizar los trabajos de ampliación de los gasoductos Norte y Sur.
¿Quiénes son los jueces que condenaron a Julio De Vido?
Los tres jueces que consideraron partícipe necesario del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de una función pública a Julio De Vido son: Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel.
Además, el exsecretario de Energía Daniel Cameron fue considerado autor penalmente responsable del delito de negociaciones incompatibles y recibió tres años de prisión de ejecución condicional, así como también quedó inhabilitado de por vida para ejercer la función pública. Y el ex subsecretario de Combustibles, Cristian Folgar, recibió dos años y seis meses de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al ser considerado partícipe necesario penalmente responsable del delito de negociaciones incompatibles.
Asimismo, el tribunal del TOF 2 dejó absueltos al exvicepresidente de CAMMESA, Luis Beuret, y al ex subgerente de la compañía, Julio Armando Bragulat, este último por no haber mediado acusación.
En este contexto, otro punto de la condena para De Vido, Cameron y Folgar fija que, durante el mismo tiempo de sus condenas, deberán cumplir las reglas que marcan establecer su lugar de residencia y ponerse al cuidado de un Patronato.
En este sentido, los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el cuatro de septiembre, a las 14 horas.
¿Qué dijeron los condenados antes de recibir la sentencia del TOF?
Tanto Daniel Cameron, Julio Bragulat y Luis Beuret decidieron no hablar, pero quienes sí hicieron uso de la palabra fueron Julio De Vido y Cristian Folgar.
En primer lugar, De Vido dijo: “Tuve un problema de salud, un problema cardíaco hace aproximadamente un mes, no me permitieron acceder al debate así que agradezco al tribunal todas las facilidades que me dio en ese sentido” y se mostró con “especial agradecimiento a mis abogados porque siempre se hicieron presentes y me mantuvieron informado del día a día del transcurso del juicio”.
Por su lado, Cristian Folgar, manifestó: “Quisiera dejar el reconocimiento asentado públicamente porque cuando las instituciones funcionan creo que está bien que así quede registrado” y, sobre el caso, marcó que los jueces “tienen el monopolio que les da la sociedad para, en este caso, definir si una persona está o no está en libertad, si es o no culpable de un delito penal. Y eso conlleva una enorme responsabilidad que es la de que el juicio sea justo. Y los juicios nosotros en Argentina los definimos como justos no en función del resultado sino del proceso”.
Folgar también sumó: “Estamos en el 2026 juzgando hechos del 2006, que se empezaron a analizar en el 2016-2017. El paso del tiempo nos aleja de la idea de que el juicio pueda ser justo porque a veces no se puede producir prueba” y, mencionó que “uno de los testigos que en su momento yo designé estaba perfecto de salud y falleció; y unas de las medidas de prueba que se solicitaron ya no estaban más porque por el paso del tiempo no los encontraban”.
A su vez, marcó que “muchos testigos no recordaban lo que habían hecho y un denominador común de este debate fue mostrarles a los testigos lo que los testigos habían firmado más de 20 años atrás. Y eso me parece que es un demérito a la calidad de la decisión que ustedes tienen que tomar”.
Además, sostuvo que “si durante mucho tiempo una persona está procesada y no puede ejercer determinadas funciones, eso termina siendo una suerte de castigo indirecto” y, en relación a su situación personal, añadió que “la defensa ha demostrado que mi mejor defensa es el expediente y son los hechos”; por eso, “creo que los hechos y las constancias de los expedientes se terminaron imponiendo”.
Y cerró diciendo que “Argentina está en emergencia energética por falta de capacidad de transporte. Lo cual obviamente nos dice que allá en el 2006 era absolutamente indispensable y el interés del Estado era hacer expansiones de transporte por las cuales no se tenía financiamiento. Y eso se hizo, y se hizo con un cuerpo normativo que fue avalado por los tres poderes”.
¿Qué se investigó en la causa?
La causa comenzó después de que, en medio de la investigación por el pago de sobornos a diferentes funcionarios públicos y sobreprecios de la empresa Skanska para la construcción de gasoductos, llevada adelante por la Fiscalía Federal N°4, se señalaran maniobras para la adjudicación de las obras de los gasoductos efectuados por la Transportadora de Gas del Norte (TGN) y la Transportadora de Gas del Sur (TGS).
El presunto direccionamiento en la licitación de las obras de lo que fue la segunda ampliación de los gasoductos de la Transportadora de Gas del Norte (TGN) y la Transportadora de Gas del Sur (TGS), entre los años 2006 y 2008, fue lo que se investigó.
En este caso, en el alegato, el fiscal Diego Luciani y José Ipohorski Lenkiewicz acusaron a los exfuncionarios de crear un nuevo marco normativo con la intención de que se realizara lo que llamaron “un auténtico traje a medida de Odebrecht”.
En base a esta hipótesis, pidieron la pena de cuatro años de prisión por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas para Julio De Vido y Daniel Cameron. Además, solicitaron tres años y seis meses para Cristian Folgar y Luis Beuret y la absolución para Julio Armando Bragulat luego de considerar la no acreditación de su participación.
Las cuatro defensas argumentaron que las condiciones que se aplicaron para la selección de la contratista derivaron de la crisis de emergencia energética y, por ello, solicitaron la absolución.