Abogados piden más participación en el Consejo de la Magistratura

El presidente de la entidad, Eduardo Massot, solicitó tener injerencia para delinear el perfil de jueces que se seleccionan en la provincia. Criticó el criterio “academicista” del gobierno y señaló que “los jueces deben impartir Justicia, no dar clases en la facultad”. En un documento, llaman a profundizar el diálogo entre los actores para mejorar el sistema.

El directorio del Colegio de Abogados de Santa Fe fijó su postura sobre el Consejo de la Magistratura en un documento que fue aprobado en reunión de fecha 22 de Mayo de 2012, Acta Nº 15, sobre la base del dictamen de la Comisión de Seguimiento, integrada por Juan Manuel Pusineri, Martín Ávalos y Marcelo Giuliani.

El mismo,  luego fue presentado a la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Dra. María Angélica Gastaldi; al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Dr. Juan Lewis, al Presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Roberto Vicente; al Presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Dr. Daniel Rucci; al Vicegobernador y Presidente de la Cámara de Senadores, Dr. Jorge Henn;  al Presidente de la Cámara de Diputados, Luis Rubeo y al Presidente de la Comisión de Acuerdos del Senado, Ricardo Adolfo Kaufmann.

Sobre los puntos del documento, el presidente del Colegio, Eduardo Massot, en diálogo con LT 10, resaltó el que hace referencia al perfil de los jueces que se seleccionan en la provincia. “Claramente, este perfil está definido por el Poder Ejecutivo, y es un perfil claramente academicista”.

En ese sentido, afirmó que “los jueces deben dedicar la mayor cantidad de su tiempo a la sociedad que le está pagando el sueldo para dictar sentencias e impartir justicia, y no a escribir libros y dar clases en una facultad”.

“Si uno le dedica más tiempo a otras actividades y resulta que después tenemos expedientes con plazos vencidos, de uno o dos años en el juzgado, no me parece. Los jueces deben dar respuesta a la sociedad a la cual le han jurado dejar sentencia por la Constitución”, manifestó Massot.


El documento

“Sobre fines del año anterior el Ministerio de Justicia convocó a los Colegios de Abogados, el de Magistrados y Funcionarios, las Universidades Nacionales y el Sindicato de Trabajadores Judiciales, para debatir algunos aspectos del funcionamiento del Consejo de la Magistratura, siendo el de mayor importancia el relativo al puntaje que se otorga a los Secretarios en los concursos para cubrir vacantes en la magistratura. Cabe recordar que la disconformidad de los magistrados en este último tópico, motivó su apartamiento del sistema de selección.

El Colegio que los agrupa hizo público su parecer sobre la evaluación de antecedentes y oposición que se realiza en el Consejo de la Magistratura y lo propio hizo el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia.

Es nuestra intención hacer conocer a la opinión pública la posición del Colegio de Abogados, tal como la sostuvimos en las reuniones realizadas, las que efectivamente se celebraron en un clima de buen diálogo y predisposición para lograr acuerdos.

Desde un comienzo afirmamos que en esta materia es necesario un debate amplio, con la participación efectiva de las entidades representativas de los distintos sectores del quehacer judicial, que encuentre un primer consenso en el “perfil de juez” que deseamos para nuestra Provincia.

El actual sistema, pese a su denominación, no constituye un verdadero Consejo de la Magistratura, como órgano plural en el que se diseña la política para la selección de magistrados, sino que estamos en presencia de un conjunto de reglas dictadas por el P.E. para regular los concursos, en el cual la intervención de las entidades queda limitada a aportar jurados con competencia profesional o académica.

Y el hecho indiscutible que prueba lo afirmado es, que el apartamiento del Colegio de Magistrados no impidió que los concursos se sigan desarrollando.

Por ello con claridad, en forma franca y abierta reclamamos nuestra participación institucional en el Consejo de la Magistratura y no simplemente limitada a determinados aspectos coyunturales.
Sólo a partir de estas premisas es razonable someter a discusión los distintos parámetros que deben valorarse para elegir un juez y los puntajes que corresponde otorgar. De otro modo siempre la cuestión va a depender de los criterios más o menos lógicos que apliquen o juzguen apropiados quienes tienen a su cargo la elaboración de la norma.

A más de veinte años de su instalación (Decreto Provincial 2952/90) ya no es posible desconocer la necesidad de contar con un Consejo de la Magistratura que seleccione los futuros jueces sobre parámetros que hacen a la idoneidad, honestidad y laboriosidad de los propuestos. Y en tal sentido creemos que los abogados, los magistrados y los demás operadores de la justicia, estamos en condiciones de integrarnos a dicho órgano y efectuar valiosos aportes dirigidos a cubrir la imperiosa necesidad de instrumentar un sistema rápido, desburocratizado, de calidad y transparente.

Si bien creemos que la expresada es la cuestión fundamental a debatir, corresponde que también hagamos saber nuestro parecer en lo referido a la puntuación de antecedentes y oposición que actualmente está en vigencia.

En primer lugar, reivindicamos que el examen de oposición debe primar sobre otro aspecto que, sin desconocer su importancia, hoy se encuentra en un pié de igualdad con aquél, como son los antecedentes obtenidos en cursos, jornadas, postgrados, o la cantidad de años como abogados -dentro o fuera del Poder Judicial- que definen un perfil de juez no compatible con la demanda social vinculada más a la demostración de conocimientos en un concurso autónomo para la vacante a cubrir, que al transcurso del tiempo o la presentación de certificados.

Esa misma demanda es la que reclama de los magistrados una dedicación plena al servicio de justicia y para ello que sus eventuales actividades académicas queden circunscriptas a tiempos razonables o no obstaculicen su labor. Asimismo que sobre parámetros objetivos deba considerarse en los concursos el desempeño que tuvo el titular de un juzgado que se postula para otro cargo de magistrado. En este último aspecto cobra relevancia la información que se colecta en las inspecciones que realiza el propio Poder Judicial o las auditorías que se llevan a cabo en base a los planteos de los Colegios de Abogados sobre el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.

En lo que hace al puntaje que se otorga a los Secretarios, ratificamos nuestra posición de que en tanto se otorgue una determinada puntuación por la “antigüedad” desde la obtención del título de abogado, es justo que se equiparen quienes ejercen la profesión en forma libre y los integrantes del Poder Judicial, como también es justo que en el rubro “especialidad” se igualen con estos últimos los abogados que la acrediten, mediante el cumplimiento de requisitos objetivos.

En conclusión, son legítimas las diferencias que pueden existir entre quienes representan intereses que en algún punto pueden resultar contrarios o diferentes, pero ellas sólo podrán zanjarse en el marco de la participación plena que estamos solicitando. Esa es la forma de despejar las piedras que siempre se van a presentar en el camino de la construcción de un mejor servicio de justicia, pilar fundamental de nuestra democracia”.