Proponen una pensión para hijos de la violencia de género

La iniciativa es de la legisladora oficialista Alicia Gutiérrez. El objetivo es proteger a las hijas/os huérfanos y desamparados como consecuencia de esos hechos. Los alcances y objetivos fueron explicados por la propia diputada.

Ante la notable cantidad de casos de violencia de género con una gran preeminencia de femicidios, el estado provincial debe hacerse cargo de sus responsabilidades, dando respuesta a esos niños que luego del asesinato de su madre, en su gran mayoría, quedan sin sustento afectivo y económico. Dentro de este concepto la diputada provincial Alicia Gutiérrez, del partido SI en el Frente Progresista, presentó un proyecto de ley de las siguientes características, con el objetivo de iniciar un debate sobre este tema tan acuciante en estos casos tan graves que afectan a muchas familias santafesinas, especialmente niños y niñas huérfanos y desamparados.

Serían beneficiarios de la ley, durante los términos y en las condiciones establecidos en ella, los hijos e hijas de las personas fallecidas como consecuencia de un hecho de violencia de género. Las víctimas tendrán que contar con dos años de residencia inmediata en el territorio provincial y que, a la fecha de su deceso, no se hallen a involucradas en alguna de las situaciones de indignidad o desheredación, previstas en los artículos 3291,3292, 3293, 3295 y 3747 del Código Civil y fueran:

a) Solteros y menores de dieciocho años de edad.-

b) Solteros y mayores de dieciocho años de edad, absolutamente incapacitados para todo trabajo.

La prestación a que tendrán derecho los beneficiarios indicados estarán a cargo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa, y será la siguiente:

a) Una pensión mensual cuyo monto será equivalente a la jubilación mínima que abona la mencionada caja. La pensión tendrá variantes en caso de tratarse de personas una incapacidad síquica tal que impida su incorporación a todo tipo de tarea remunerada.



Para recibir las prestaciones reguladas por la presente ley, deberá haber recaído auto de procesamiento respecto del imputado como victimario de la persona fallecida a que refiere el artículo 1º de la presente ley. En ningún caso el victimario podrá llegar a constituirse en administrador de la prestación.

La aprobación del presente proyecto de ley responde a la necesidad de transformar, en el marco de las políticas públicas del Estado Santafesino un antiguo modelo, que responde a una concepción conservadora como lo es el patriarcado. Dicho modelo no solo le hace daño a las mujeres sino también a los varones y a toda la diversidad en general como también a las minorías. Estas consecuencias negativas del patriarcado, que generan una invisibilización de una innumerable cantidad de víctimas.

En el caso puntual de las mujeres, las mismas y a la luz del siglo XXI, también son víctimas directas de situaciones que hacen a la forma de esclavitud más moderna como lo es la trata de personas, sufriendo el accionar de las distintas bandas delictivas que controlan los negocios de prostitución, juego y tráfico de drogas, lo cual nos acerca una visión con otro trasfondo sobre la mayor vulnerabilidad de quienes padecen estos hechos.

Creo de trascendental importancia la sanción de este proyecto de ley, ya que la violencia contra las mujeres que muchas veces culmina en el trágico hecho del femicidio y siendo este un flagelo de nuestros tiempos, requiere un tratamiento urgente por parte del Estado.

Este delito es una de las formas más extremas de violencia de género, es el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad.

Estos niños y niñas, hijos e hijas de mujeres asesinadas por causas de género padecen un impacto altamente traumático en sus vidas y manifiestan entre otras cosas conductas agresivas hacia sus pares o adultos, sentimientos de indefensión e impotencia y miedo, que también afecta en lo social las facultades de comunicación, el establecimiento de vínculos estrechos, en lo cognitivo, dificultades en la atención y concentración. Desde los poderes del Estado se debe garantizar y arbitrar los medios necesarios para que puedan concluir sus estudios, acceder a atención médica y psicológica debido a que quedan en una situación de vulnerabilidad extrema.