Comunicado de la Multisectorial de Mujeres ante la cautelar sobre el aborto no punible
Desde la Multisectorial de Mujeres de Santa Fe y junto a la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito expresamos nuestro repudio al amparo cautelar que dictara el Juez de Instrucción en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación en Santa Fe, Dr. Carlos Alejandro Bermúdez, en la que dispone ORDENAR a la Provincia de Santa Fe SUSPENDER, para los supuestos de violación o atentado al pudor, la aplicación del Protocolo de Atención de Abortos No Punible dispuesto por Resolución Ministerial; resolución que contemplaba de manera precisa lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso FAL del 13 marzo del 2012.-
Impedir la interrupción de embarazos causado por violación es un atropello al respeto por la decisión de las mujeres en un marco de autonomía, violatorio del derecho a la intimidad y confidencialidad e implica un reiterado acto de crueldad inhumana y violencia institucional contra la dignidad de las mujeres santafesinas que ven arrasados sus derechos humanos básicos.
Consideramos inadmisible la actitud de grupos fundamentalistas, en éste caso un partido político como la Democracia Cristiana, hacia los derechos constitucionales adquiridos por las mujeres en el marco de la legislación vigente, los que amparados en los sectores conservadores del poder judicial se ensañan con las mujeres que deciden interrumpir su embarazo causado por violación.
Es de extrema gravedad institucional que un partido, que se define como democrático, desconozca las leyes nacionales y los Tratados Internaciones de Derechos Humanos que nuestro país ha ratificado, los que amparan los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Por éstos motivos, RECHAZAMOS la actitud del Juez Bermúdez que DESCONOCE LA LEGISLACION NACIONAL Y LOS FUNDAMENTOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, la que reconoce que “la obstaculización que han venido sufriendo las mujeres constituyen un caso de gravedad institucional e insta a dar cumplimiento a lo establecido en el Código Penal desde 1921”.
Hace una semana las organizaciones de mujeres, de derechos humanos, artistas, investigadores, entre muchos otros sectores y con una buena cobertura y tratamiento de los medios de comunicación, expresaron un amplio RECHAZO a la medida de la Jueza Myriam Rustán de Estrada que impedía a una joven violada víctima de trata acceder a un aborto no punible en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese caso, nuevamente la Corte se expidió expresando que, correspondía suspender la ejecución de la medida cautelar dictada por la justicia nacional en lo civil y en consecuencia hacer saber a las autoridades de la CABA que, ante el pedido de realizar el aborto no punible, debían proceder a la realización de la práctica. En éste fallo la Corte está diciendo a todos esos jueces y juezas que NO TIENEN QUE INTERVENIR y que deben rechazar toda intromisión como hizo el Juez de primera instancia de la CABA y como confirmó la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires.
EXIGIMOS que la Justicia cumpla su rol de garante de los derechos y de la Constitución, y que no se convierta en una burocracia obstaculizadora para el acceso a los mismos.
LA JUDICIALIZACION DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES ES ILEGAL, INSCONSTITUCIONAL y GENERA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.