Un colegio deberá indemnizar a director de orquesta por daños auditivos

La Cámara Laboral condenó a un  colegio privado a indemnizar con 260 mil pesos a un director de
orquesta que daba clases de música a raíz de las afecciones  auditivas que sufrió por trabajar en un ámbito con escasa  aislación acústica.

Fuentes judiciales informaron que la Sala VI del Tribunal  consideró que el músico "efectuó de manera habitual, durante  largas jornadas y por un considerable lapso, la dirección de las  bandas de orquestas en el colegio (la Asociación de Escuelas  Lincoln), en condiciones desfavorables para su labor".

"Se encontraba expuesto a variaciones sonoras que excedían  altamente el nivel de conversación normal -74/75 db (A)- llegando  a valores equivalentes a 102.7 db (A), lo que se agrava por el
tiempo de duración expositivo, que alcanzaba las 21 horas cátedra  semanales, representada en 7 horas diarias por día de semana que  trabajaba", recordó la Cámara, con la firma de los jueces Juan  Carlos Fernández Madrid y Graciela Craig.

"A ello se suma el hecho de que el recinto donde se efectuaban  las clases no demuestra medidas para disminuir los ruidos y los  materiales que la componen absorben mínimamente las ondas
sonoras", indicaron en el fallo.

Es por ello que ambos camaristas concluyeron que "no se trata  de un accidente sino de una afección agravada por el trabajo" lo  que padeció el director de orquesta quien ahora deberá ser
indemnizado.

Además, detallaron que "el aula de música, el volumen de sonido que emiten los instrumentos y la voz de los integrantes de la orquesta no pueden ser consideradas en forma genérica como
riesgosas", aunque "el modo en que se cumplió con el trabajo en un recinto no adecuado para soportar tal nivel exponencial sonoro, creaba una situación de peligro inminente".

"Las lesiones del actor constituyeron la actualización de esta  situación de peligro derivada del riesgo de la cosa",  consideraron.

Según describieron, el músico sufrió una disminución física del 4,07 por ciento, y psicológica del 25.

"Padece una disminución auditiva de tipo Perceptiva Parcial  Bilateral, clasificada como Trauma Acústico de Grado II,  atribuible a trauma acústico crónico, como secuela-lesión de trabajo en ambiente con ruido o intensidad de ruido menor de  noventa decibeles y expuesto a vibraciones en el ambiente de  trabajo", según se desprende del fallo.