Declaran inconstitucional dos artículos sobre divorcio
La Justicia de Familia de Rosario declaró inconstitucional dos artículos del Código Civil referidos al divorcio vincular.
Uno es el 236 que obliga al juez a convocar a una segunda audiencia y el otro es el artículo 215 que establece un plazo de tres años de matrimonio para iniciar el divorcio en forma conjunta.
La resolución de la jueza del Tribunal de Familia Nº 7, Valeria Vittori, fue dictada en el primer trámite de divorcio en Rosario de un matrimonio igualitario.
La semana pasada dos mujeres que habían convivido durante 12 años y se casaron en enero del 2011 iniciarfon el divorcio en los tribunales provinciales.
La magistrada dispuso que mañana se realice la única audiencia y luego deberá dictar la sentencia del primer divorcio en nuestra ciudad de un matrimonio igualitario