Sucesos - Santo Tomé

Miércoles 26 de Junio de 2019 - 06:46 hs

Condenan a tres policías por balear a un hombre y plantar pruebas

Es por un hecho ocurrido en 2014. Los tres agentes recibieron penas de entre seis meses y tres años de prisión. Además, están inhabilitados de por vida a ejercer cargos públicos.

Actualizado: Miércoles 26 de Junio de 2019 - 06:50 hs

La fiscal Milagros Parodi durante la lectura del fallo (Foto: MPA)

Tres policías del Comando Radioeléctrico de Santo Tomé fueron condenados por haber baleado a un hombre, fraguar el procedimiento y plantar pruebas para encubrir el hecho. Los condenados son Rubén Darío Bustos de 34 años, Rodrigo Federico Salva de 36 y Clara Rocío Eva Camero de 31, quienes fueron sometidos a juicio oral y público en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

El juez que resolvió las condenas de los tres policías es Sergio Carraro. Por su parte, la fiscal Milagros Parodi tuvo a su cargo la investigación de los hechos, y en el debate oral y público estuvo acompañada por el fiscal Ezequiel Hernández.

Delitos y penas

Bustos fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por su parte, a Salva y a Camero se les impusieron penas de dos años y seis meses de prisión a cada uno, como autores penalmente responsables de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público, encubrimiento agravado (por favorecimiento personal y por omisión de denuncia en ocasión de sus funciones) e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En su sentencia, el juez Carraro resolvió absolver a Bustos como autor de lesiones graves culposas, delito que también le había atribuido la Fiscalía. Además, para los tres condenados ordenó la inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos por el tiempo de sus respectivas condenas y les impuso normas de conducta.

Mensaje a la sociedad

Acerca de la sentencia dictada por el magistrado, Parodi señaló que “desde la Fiscalía habíamos solicitado la aplicación de una pena de cinco años de prisión más inhabilitación para Bustos y de cuatro años para Salva y Camero. El delito de lesiones graves culposas atribuido a Bustos no fue acogido por el fallo, por lo que aguardaremos los fundamentos del juez para evaluar los pasos a seguir”.

Sin embargo, la funcionaria del MPA remarcó que “estamos conformes. Entendemos que la resolución del juez es un mensaje para toda la sociedad acerca de la importancia que tiene que la policía se desempeñe correctamente en sus funciones”.

Los hechos

Los ilícitos investigados fueron cometidos el domingo 13 de abril de 2014 minutos antes de la 1 de la madrugada en inmediaciones de calle Maipú al 2700 de Santo Tomé. "A ése lugar llegaron los condenados a raíz de un llamado efectuado a la Central de Emergencias 911”, sostuvo la fiscal Parodi. Asimismo agregó que “una de las víctimas había solicitado la presencia de personal policial femenino para que realizaran el chequeo de su hermana, momento en el cual Bustos le disparó accidentalmente con una escopeta y le provocó una lesión grave en su muslo izquierdo”.

La funcionaria del MPA también explicó que "ninguno de los tres condenados realizó la denuncia pertinente. Se retiraron del lugar sin brindar ayuda a la persona herida y una hora después informaron una versión falsa de lo sucedido, argumentando que la víctima había intentado darle un puntazo a Bustos con un cuchillo y que el condenado se defendió con un disparo".

Parodi concluyó que "los policías hicieron entrega del cuchillo al personal policial de turno en el servicio del Comando Radioeléctrico, manifestando falsamente que había sido secuestrado del lugar del hecho. También omitieron mencionar en el acta que había una persona herida”.

 


 

Audio: Escuchá a la fiscal Milagros Parodi

Fuente: MPA