El Banco Central de la República Argentina decidió un incremento de la tasa mínima de plazos fijos que deberán ofrecer a partir del 1° de junio de 2020 las entidades financieras del grupo A, que representan casi la totalidad del sistema.
A través de la Comunicación “A” 7027, se determinó que deberán pagar una tasa nominal mínima anual igual al 79% de la de Leliq. Para los ahorristas, sin importar el volumen o razón social, significa una Tasa Nominal Anual de 30,02% (TNA) y una Tasa Efectiva Anual de 35% (TEA). Hasta el momento, el porcentaje mínimo que debían ofrecer era del 70%.
Las empresas que hayan accedido a las líneas de financiación a una tasa subsidiada del 24% quedan excluidas del acceso a estas tasas mínimas.
El BCRA también amplió la posibilidad a los productores agropecuarios de efectuar depósitos a tasa variable. Ahora podrán hacerlos ligados a la cotización del dólar. Esta opción se suma a las ya existentes atadas a los precios de cereales y oleaginosas. Las entidades podrán integrar la totalidad de los encajes correspondientes a estos depósitos en Leliq.