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Miércoles 16 de Septiembre de 2020 - 08:15 hs

Impuesto al dólar: ¿qué pasará con Netflix y Spotify?

Los servicios que se abonan en moneda extranjera como Netflix, Playstation, Spotify, Steam se descontarán de los u$s200 al mes pero podés seguir comprando el resto del cupo.

Actualizado: Miércoles 16 de Septiembre de 2020 - 14:01 hs

Según una nueva disposición del Banco Central para endurecer el cepo cambiario, los servicios que se abonan en moneda extranjera como Netflix, Playstation, Spotify, se descontarán del cupo de los u$s200 al mes y además deberán abonar el 35% a cuenta de Ganancias.

"A partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes" explicó el BCRA.

La comunicación del BCRA informó que cualquier gasto de tarjeta que se debite o cancele vía moneda extranjera se incluirá en el cupo de los US$200 mensuales, el denominado “dólar ahorro”. Esto impactará en los servicios de streaming, en aplicaciones de Google Play e iOS y videojuegos, o todos los considerados “servicios digitales”.

La compra del dólar ahorro tendrá un recargo del 35% como anticipo de Ganancias

Actualmente, esos servicios se cobran pesos a tipo de cambio oficial, más el 30% de impuesto país. Ahora, se percibirá también el aniticipo del 35% establecido por la AFIP. Netflix, por caso, pasará a costar cerca de $480 mensuales y Spotify $249, siempre como referencia los planes básicos.

Hay servicios que, pese a la nueva disposición del BCRA, aún quedarán exceptuados del cepo. Entre ellos están los gastos de prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos, gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, provinciales y los municipios, incluidas las instituciones integrantes del sistema universitario argentino. Se mantendrán exceptuadas la adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y otros bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la ley 25.054 y sus modificatorias.

Sin embargo,  los servicios de empresas extranjeras que facturan en pesos en la Argentina no están alcanzados por los impuestos para las compras en dólares en el exterior, según indicaron desde el Banco Central.

"Si la empresa factura en pesos, si en la tarjeta te llega como consumo en pesos, no paga ni el impuesto, ni la retención y no consume cupo", aseguraron fuentes del Banco Central.

En cambio, si la empresa "factura en dólares, si en la tarjeta te llega como un consumo en dólares, pagás el impuesto y la retención y consume cupo", agregaron las fuentes.

 

Fuente: Ámbito- dataclave.com