La Suprema Corte de Justicia de Mendoza condenó a una estación de servicio de la localidad de Guaymallén a indemnizar con 150 mil pesos a una playera por obligarla a usar un uniforme más chico que el que le correspondía.
El caso es del año 2012, cuando la empleada solicitó cambiar su uniforme de remera, gorra y calza, al argumentar que no le correspondía el talle S ya que le quedaba muy apretado al cuerpo, y además dijo que recibía frases inapropiadas de los clientes. Los pedidos de la mujer fueron desestimados por la empresa, hasta que un compañero le cedió un pantalón de tipo cargo y comenzó a utilizarlo. Ante esa situación, recibió una serie de sanciones y apercibimientos, hasta que finalmente fue despedida.
El máximo tribunal de esa provincia consideró el caso dentro de las leyes de protección de la mujer y los tratados internacionales referidos a la violencia de género, y advirtió que en este caso existió un trato discriminatorio, ya que la firma, al usar diferentes uniformes para los hombres, impuso "un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento", y que "la imposición de vestimenta claramente sexista importa una cosificación y degradación del cuerpo".
"Es necesario que reflexionemos en un contexto de género. Hay que concientizar al sector empresario", advirtió el magistrado Mario Adaro, integrante de la Corte mendocina, en su fallo. A su vez señaló que una pericia psicológica realizada a la empleada despedida indicó que sufría de una situación "de angustia y ansiedad" en un contexto laboral en el que cuando usaba calzas "había clientes que le manifestaban cosas que deberían ser erradicadas de la sociedad", mientras la empresa "argumentaba que el reglamento indicaba que había una vestimenta para hombres y otra para mujeres y que la playera no quería usar la ropa femenina".