Una rosarina de 33 años solicitó la restitución de su estado civil anterior a su matrimonio. La relación terminó hace unos tres años, pero adjudica que la decisión de volver a ser soltera es por el malestar que le generan los constantes prejuicios sociales de otros al decirles que es divorciada.
El recurso realizado se llama “sumaria información” porque es algo que debe declarar el juez y no hay controversia, no va en contra de nadie. Esto implicaría el cambio en su inscripción en el Registro Civil, el Registro Nacional de las Personas y toda entidad que implique la necesidad de registrar su estado civil.
La medida fue rechazada por un juez de primera instancia en lo Civil y Comercial sin emitir fundamentos, pero la mujer y su abogada ya anticiparon que apelaran a la medida y que están pensando en presentar un proyecto en la legislatura ya que “esto aplicaría a cualquier persona divorciada que se sienta víctima de un perjuicio emocional”.
La abogada de la mujer, contó en un medio radial que no encontró jurisprudencia en Argentina: “Decidimos avanzar porque entendemos que el derecho ya permite cambiar de nombre, cambiar de sexo, entonces, que no se pueda un cambio de estado civil es una disforia, un cepo civil”.
En la presentación judicial se avanzó en otros ejemplos: “Si los delincuentes (condenados, con sentencia cumplida o pena prescripta, por ejemplo), no tienen que acarrear esa «mancha» toda su vida; si los quebrados pueden recuperar también su plena libertad económica sin llevar un sello en la frente que diga «no te asocies conmigo porque seré un mal socio» perpetuamente, ¿por qué debo llevar una denominación que significa para mí: «objeto usado» o «de segunda mano»?”.