"¿Puedo salir al balcón?": Cristina Kirchner pidió una aclaratoria
Sus abogados pidieron que se aclare si puede o no salir al balcón de su casa donde cumplirá con la prisión domiciliaria.
"¿Puedo salir o no al balcón de mi casa? Parece joda, pero no… Por eso le preguntamos al Tribunal que aclare, por favor, qué comportamiento se encuentra prohibido. Te comparto el pedido de aclaratoria presentado por mis abogados" escribió Cristina Fernández de Kirchner en su cuenta de X.
La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó este martes, a través de sus abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, un pedido formal de aclaratoria ante el Tribunal Oral Federal 2 para que se precise si puede o no salir al balcón de su casa a saludar a la militancia, en el marco de la prisión domiciliaria que comenzó a cumplir tras el fallo de la causa Vialidad.
El planteo se enfoca en el punto III.b de la resolución judicial notificada el lunes, donde se le impone a la ex jefa de Estado “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Ante la ambigüedad del enunciado y el debate público que se generó, los letrados solicitaron que el Tribunal indique de manera concreta si ese comportamiento está prohibido total o parcialmente, y en ese caso, cuáles son los alcances de esa restricción.
“Para que la regla de conducta antes aludida adquiera la debida precisión, deviene imprescindible que sea integrada con una indicación específica por parte del órgano jurisdiccional competente”, expresaron en el texto presentado.
¿Puedo salir o no al balcón de mi casa? Parece joda, pero no…
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) June 18, 2025
Por eso le preguntamos al Tribunal que aclare, por favor, qué comportamiento se encuentra prohibido.
Te comparto el pedido de aclaratoria presentado por mis abogados.https://t.co/Rspne9knga
Además, la defensa hizo reserva del caso federal y anticipó que podría acudir a organismos internacionales, en función de las garantías constitucionales que consideran involucradas en esta etapa del cumplimiento de la condena.